Ayuntamiento de Lemoiz·Boletín Bien de Bizkaia,

Lemoiz simplifica las obras menores: cómo comunicar tu reforma

Si vas a reformar el baño, pintar la fachada o cambiar la caldera en Lemoiz, ya no hace falta una licencia de obra. La nueva normativa te permite empezar con una simple comunicación previa, si no tocas la estructura.

Si tienes en mente cambiar los azulejos de la cocina o renovar el suelo del portal en Lemoiz, el papeleo va a cambiar a partir de ahora. El ayuntamiento ha dado luz verde a la nueva ordenanza que regula las obras menores mediante una comunicación previa, eliminando la necesidad de esperar a la concesión de una licencia urbanística tradicional.

Datos clave

Plazo inicio
3 meses tras presentar documentación
Plazo ejecución
6 meses desde el inicio
Qué presentar
Memoria, presupuesto y fotografías
Dónde solicitar
Web municipal y oficinas municipales

Esta medida busca simplificar los trámites para intervenciones sencillas que no requieran proyecto técnico ni alteren la estructura del edificio. La clave es la agilidad: con este nuevo procedimiento, el vecino puede presentar el formulario normalizado y, una vez verificado, iniciar los trabajos casi de inmediato bajo su propia responsabilidad.

La normativa incluye una lista detallada de los arreglos permitidos bajo este régimen. Entre ellos, el alicatado de baños y cocinas, la sustitución de bañera por ducha, la pintura de fachadas, la reparación de canalones, la instalación de gas o el cambio de calderas. También cubre la colocación de tarimas o el desescombro en locales comerciales que no requieran licencia de actividad propia.

Eso sí, la sencillez no equivale a barra libre. La ordenanza exige presentar una memoria descriptiva, un presupuesto detallado y fotografías del estado actual del espacio. En el caso de obras que afecten a la vía pública, como la colocación de un contenedor para los escombros, se deberá incluir además el plano de emplazamiento y el plazo de ocupación previsto.

La administración municipal no pierde el ojo sobre lo que ocurre en tu reforma. Los servicios municipales podrán realizar visitas de inspección para comprobar que lo ejecutado coincide con lo comunicado. Si detectan que algo no encaja, o que la obra se ha desviado de lo previsto, el ayuntamiento podrá ordenar la paralización de los trabajos y exigir la regularización en un plazo máximo de seis meses.

Recuerda que esta vía no es aplicable a edificios protegidos o catalogados. Tampoco exime del pago de los tributos correspondientes, como el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras o las tasas municipales que la actuación genere. La falta de comunicación o la inexactitud en los datos aportados puede conllevar sanciones.

Las obras deberán iniciarse en un plazo máximo de tres meses tras la presentación de la documentación y caducarán si pasan seis meses desde el inicio sin concluir, salvo prórroga. Toda la documentación necesaria estará a tu disposición en la web municipal y en las oficinas del ayuntamiento. El trámite administrativo es claro. Los documentos ya están listos.

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