Ayuntamiento de Lemoiz·Boletín Bien de Bizkaia,

Lemoiz permite convertir locales y entreplantas en viviendas

Lemoiz autoriza la transformación de locales en planta baja y entreplantas en viviendas protegidas para dinamizar Armintza y Urizar. Conoce las condiciones técnicas y de superficie mínima necesarias para la reconversión.

Si eres propietario de un local vacío o una entreplanta en los barrios de Armintza o Urizar, Lemoiz acaba de abrir una vía para darles un uso residencial. El pleno municipal ha aprobado definitivamente la ordenanza que regula la transformación de estos espacios en viviendas tasadas municipales, una medida que busca combatir el abandono de plantas bajas y ampliar la oferta de vivienda protegida en el municipio.

Datos clave

Plazo obras
2 años desde la concesión de la licencia
Superficie mínima
35 metros cuadrados
Requisitos
Inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda del Gobierno Vasco
Condiciones
Certificación energética tipo A y 4 metros cuadrados de espacio exterior
Aforo txokos
Máximo 8 personas

La normativa permite el cambio de uso siempre que el local cuente con una superficie útil superior a 35 metros cuadrados. Además, se exige que, al menos, dos tercios de la superficie de las estancias habitables queden por encima de la rasante exterior de la acera. Los edificios en cuestión deben estar en suelo urbano consolidado y no podrán estar fuera de ordenación.

El acceso a la futura vivienda deberá realizarse preferentemente por los elementos comunes del edificio, garantizando la accesibilidad. Si esto fuera técnicamente inviable, la ordenanza contempla excepcionalmente el acceso directo desde el espacio público, siempre que el local dé frente a una acera o zona peatonal urbanizada. En cualquier caso, el Ayuntamiento requerirá un proyecto técnico completo firmado por un profesional antes de conceder la licencia de obras.

Las viviendas resultantes tendrán la consideración permanente de protección pública y no podrán destinarse a uso turístico. En cuanto a las condiciones técnicas, se exige una certificación energética tipo A y un espacio exterior vividero de al menos 4 metros cuadrados, entre otros requisitos de habitabilidad definidos en la nueva norma.

Para los locales que no se conviertan en vivienda, el Ayuntamiento abre la puerta a que se utilicen como txokos o locales de ocio familiar, con un aforo máximo de 8 personas, hasta que se redacte una ordenanza específica para este uso. Las obras para la transformación de locales en vivienda caducarán si no finalizan en un plazo de dos años desde la concesión de la licencia provisional.

El Ayuntamiento mantendrá un registro municipal para inscribir todas las transformaciones autorizadas. Las personas interesadas en ocupar estas viviendas deberán cumplir con los requisitos básicos, como estar inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda del Gobierno Vasco y no disponer de otra vivienda en propiedad.

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