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Mancomunidad de Servicios Uribe Kosta·Boletín Bien de Bizkaia,

La Mancomunidad de Uribe Kosta pone orden en su plantilla oficial

Una corrección técnica ratifica cuatro puestos clave de la entidad. Te contamos qué cargos se consolidan tras años de trámites administrativos.

La Mancomunidad de Servicios Uribe Kosta ha dado carpetazo esta semana a un vicio de forma que arrastraba desde hace años en su relación de puestos de trabajo. El acuerdo, adoptado por la Junta Plenaria el pasado 20 de mayo y rubricado por el presidente en funciones Aitor Garagarza Cambra, busca dar plena eficacia jurídica a la estructura de personal que la entidad venía operando, validando ahora de manera expresa lo que ya se publicó en los boletines de 2021 y 2023.

Datos clave

Plazas consolidadas
4 plazas: 1 Técnico de Igualdad y 3 administrativos.
Complemento secretario
39.481,64 € para el puesto de secretario-interventor.
Personal eventual
49.232,54 € para el puesto de personal eventual.
Total puestos
25 puestos conforman la plantilla actual.

En concreto, esta ratificación blinda la creación de cuatro plazas específicas que son fundamentales para el día a día de la mancomunidad. Se trata del puesto de Técnico de Igualdad (número 18 en el catálogo) y tres plazas de administrativo (números 20, 21 y 22), cargos que ahora quedan plenamente integrados en el mapa de recursos humanos de la entidad con sede en Sopela.

La Relación de Puestos de Trabajo actualizada que acompaña al acuerdo detalla no solo estos cambios, sino el resto de la estructura. Por ejemplo, el puesto de secretario-interventor sigue siendo el que cuenta con el complemento específico más elevado de toda la organización, con 39.481,64 euros, seguido por el puesto de personal eventual, que figura con 49.232,54 euros, aunque este último bajo la modalidad de libre designación.

En el departamento de bienestar social, donde se concentra buena parte de la actividad de Uribe Kosta, los trabajadores sociales mantienen una estructura de 26 puntos de nivel de complemento de destino, reflejando una estabilidad necesaria para los servicios que prestan a la ciudadanía. La mayoría de estas plazas ya estaban cubiertas, ya sea por personal fijo o por situaciones derivadas de sentencias judiciales.

Este movimiento es un trámite que, según el Real Decreto Legislativo 781/1986, resulta necesario para garantizar que cualquier futura convocatoria o proceso de promoción interna dentro de la mancomunidad tenga una base legal incontestable. Los interesados en consultar el desglose completo de categorías, niveles y complementos pueden acceder al documento adjunto en este mismo boletín, donde se detallan los requisitos de titulación y las escalas para cada uno de los 25 puestos que conforman la plantilla actual.

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