Subvenciones para las fiestas de barrio en Orduña: hasta 1.500 euros
Si tienes planes para dinamizar tu calle o junta administrativa este año, el Ayuntamiento de Orduña abre el plazo de solicitud para cubrir parte de los gastos.
Las cuadrillas y asociaciones de Orduña que mantienen viva la tradición festiva en sus barrios tienen desde este viernes una oportunidad para cuadrar las cuentas de sus celebraciones. El Ayuntamiento ha publicado la convocatoria de subvenciones para actividades vecinales de 2026, un programa que busca fomentar la cohesión social sin que la institución local figure como organizadora de los actos.
El tope máximo por cada proyecto presentado se fija en 1.500 euros, siempre que esta cantidad no supere el 60 por ciento del presupuesto total de la actividad tras las revisiones técnicas. Los interesados tienen 30 días naturales para presentar sus solicitudes a través de la sede electrónica municipal, utilizando el modelo específico disponible en la web del ayuntamiento.
La convocatoria es de concurrencia simple, lo que implica que no se compite por una bolsa cerrada, sino que se atienden las peticiones que cumplan los requisitos. Pueden concurrir las Entidades Locales Menores, asociaciones culturales, deportivas o gastronómicas sin ánimo de lucro, además de las agrupaciones de vecinos. En el caso de colectivos sin personalidad jurídica, el expediente debe detallar los compromisos de ejecución y la parte de subvención que corresponde a cada miembro.
El pago del dinero se divide en dos tramos para facilitar la gestión. Un 75 por ciento se entregará en el momento mismo de la concesión, mientras que el 25 por ciento restante llegará una vez que la fiesta se haya materializado y se presente la justificación correcta.
Como es habitual, el rigor administrativo no admite excepciones. El consistorio, bajo la firma de su alcalde, Jon Iker Santocildes Pérez, advierte que no realizará ningún pago si el beneficiario tiene facturas pendientes de justificar por otras ayudas anteriores, si debe dinero de reintegros previos o si no está al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
La justificación final de los gastos deberá estar presentada antes del 31 de diciembre de 2026. Es fundamental recordar que los beneficiarios están obligados a justificar la totalidad del presupuesto de la actividad, no únicamente la cuantía que aporte el ayuntamiento, tal como exige la Ley General de Subvenciones.
Si la solicitud se presenta fuera de los 30 días naturales de plazo, el sistema la descartará automáticamente sin posibilidad de subsanación. Cada actividad solo permite una solicitud, y en el caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, no se admiten peticiones a título individual de sus miembros.
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