Zeanuri regula los homenajes civiles en espacios municipales
El Ayuntamiento de Zeanuri habilita el Salón de Plenos, la Casa de Cultura y el frontón para funerales civiles. Estos son los requisitos y condiciones para solicitar el espacio.
Despedir a un ser querido en un entorno que no sea el de una iglesia ya es posible en Zeanuri. El Ayuntamiento ha publicado la normativa definitiva que regula cómo, dónde y en qué condiciones se pueden organizar funerales y homenajes civiles en el pueblo.
Datos clave
- Lugares
- Salón de Plenos, Casa de Cultura y frontón
- Requisito
- Fallecido empadronado en Zeanuri
- Tasa
- Pago por ocupación de dominio público
- Restricción
- Prohibida la presencia del cuerpo presente
La ordenanza nace para dar respuesta a una demanda social creciente: ofrecer una despedida digna y a medida a quienes, en vida, no profesaron ninguna religión. Ya no hace falta salir del municipio para encontrar un lugar con significado.
Los lugares habilitados para estas ceremonias son el Salón de Plenos y el salón de la Casa de Cultura. Si el aforo previsto es mayor o las circunstancias son excepcionales, la Alcaldía podrá autorizar el uso del frontón municipal. Incluso se puede solicitar un espacio público distinto, aunque la concesión dependerá de la decisión municipal.
El procedimiento es sencillo pero requiere orden. Quien solicite la autorización debe estar empadronado o haberlo estado en algún momento en Zeanuri y aportar el certificado de defunción. La solicitud debe incluir una descripción del acto, las necesidades técnicas, como megafonía o mobiliario, y la fecha y hora preferidas.
La administración intentará cumplir con el horario solicitado, siempre que la actividad municipal habitual no se vea alterada. Los homenajes podrán celebrarse todos los días de la semana, fines de semana incluidos, siempre que los recursos lo permitan.
Hay un par de reglas claras sobre el desarrollo del acto. No se permite la celebración con cuerpo presente, aunque las urnas de cenizas sí pueden estar presentes.
La normativa también establece que los gastos derivados de la ornamentación o servicios complementarios correrán por cuenta de quien solicita el homenaje. El Ayuntamiento supervisará que se mantenga la armonía del lugar.
La persona solicitante deberá abonar la tasa correspondiente por la ocupación de dominio público. Cualquier detalle sobre la ornamentación especial requiere comunicación previa al servicio municipal para su aprobación.
La normativa ya es oficial. Ya está en vigor.
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