Sergio Neira Nieto asumirá la alcaldía de San Martín de la Vega
El primer teniente de alcalde tomará las riendas del ayuntamiento durante el periodo estival, con las funciones delegadas por Rafael Martínez Pérez.
El ayuntamiento de San Martín de la Vega ha formalizado una delegación de competencias que afectará al funcionamiento de la alcaldía durante las próximas semanas del verano. Sergio Neira Nieto, quien actualmente ejerce como primer teniente de alcalde, asumirá la totalidad de las funciones de la alcaldía durante un periodo temporal bien definido en el decreto municipal.
Datos clave
- Alcalde en funciones
- Sergio Neira Nieto
- Periodo de delegación
- Del 31 de agosto al 20 de septiembre de 2026
- Plazo de aceptación
- 3 días hábiles desde la notificación
El relevo, que ha sido hecho público tras la resolución firmada el 15 de junio de 2026, entrará en vigor el 31 de agosto y se extenderá hasta el 20 de septiembre de 2026, ambos días incluidos. Durante estos veinte días, Neira Nieto ostentará el cargo de alcalde en funciones, con todas las potestades y responsabilidades que ello conlleva, bajo los términos establecidos en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La delegación incluye la obligación de informar a la alcaldía sobre la gestión realizada y las disposiciones dictadas, un deber que se vuelve obligatorio con carácter previo para cualquier decisión de especial trascendencia. Se trata de un mecanismo de control previsto en la normativa vigente para garantizar la coordinación durante el periodo de ausencia de Rafael Martínez Pérez.
Para que este decreto sea plenamente eficaz, el interesado debe aceptar la responsabilidad conferida. El procedimiento es sencillo: la aceptación se entenderá otorgada de forma tácita si no se manifiesta lo contrario ante la alcaldía en un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación de la resolución.
El ayuntamiento dará cuenta de este movimiento organizativo al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre tras el periodo de delegación, cumpliendo así con el trámite de transparencia administrativa requerido por el Reglamento Orgánico de Funcionamiento de las Entidades Locales.
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