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Cabanillas de la Sierra: periodo de pago para los impuestos 2026

El Ayuntamiento ha aprobado los padrones fiscales para el ejercicio 2026. Si tienes inmuebles, vados o actividad económica en el municipio, esto es lo que debes saber.

Los vecinos y propietarios de inmuebles en Cabanillas de la Sierra ya tienen sobre la mesa la hoja de ruta tributaria para este verano. El decreto de Alcaldía número 2026-0137, firmado el pasado 23 de junio por el alcalde Fernando Tárraga Enamorado, ha dado luz verde a los padrones fiscales del ejercicio 2026, lo que activa la cuenta atrás para ponerse al día con el municipio.

Datos clave

Periodo Pago
Del 1 de julio de 2026 al 30 de septiembre de 2026
Cargo Domiciliaciones
3 de agosto de 2026
Plazo Exposición
15 días hábiles desde el 27 de junio de 2026
Importe Total
489.237,68 €

El conjunto de los padrones suma un total de 489.237,68 € para las arcas locales. Este montante se desglosa en cinco conceptos principales: 412.685,82 € por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, 70.585,00 € por la tasa de recogida de basura, 5.370,62 € por el IBI rústico, 336,24 € por el Impuesto sobre Actividades Económicas y 260,00 € por la tasa de vados.

Si necesitas comprobar que tus datos están correctos, los padrones estarán expuestos al público durante 15 días hábiles a partir de este sábado en las dependencias municipales o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. Este periodo es la ventana que tienes para cualquier consulta o para presentar un recurso de reposición ante la Alcaldía si detectas alguna discrepancia, el cual podrás tramitar durante el mes posterior al cierre de la exposición pública.

En cuanto al calendario de pagos, el periodo voluntario arranca este 1 de julio y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2026, inclusive. Para quienes tengan sus recibos domiciliados, el Ayuntamiento realizará el cargo en cuenta el próximo 3 de agosto. Si no es tu caso, deberás efectuar el ingreso por los medios habituales que el consistorio habilita en las entidades colaboradoras.

Es fundamental recordar que, una vez superada la fecha límite del 30 de septiembre, la deuda no pagada entrará en vía ejecutiva. Esto activará el procedimiento de apremio, que incluye los correspondientes recargos, intereses de demora y las costas que estipula la ley, por lo que conviene marcar el día en el calendario para evitar sorpresas desagradables al cierre del ejercicio.

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