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La Justicia revisa la Ordenanza de Movilidad de Madrid de 2026

Dos asociaciones han recurrido los cambios en las zonas de bajas emisiones y el SER, y los tribunales ya han solicitado al Ayuntamiento el expediente completo.

El Ayuntamiento de Madrid ha recibido esta semana la notificación oficial de que sus cambios en la normativa de movilidad están bajo la lupa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La Secretaría General del Pleno ha formalizado la remisión del expediente administrativo tras la presentación de dos recursos contencioso-administrativos contra la Ordenanza 2/2026, aprobada el pasado 24 de marzo.

Datos clave

Plazo para personarse
9 días hábiles desde el 26 de junio de 2026
Recursos
832/2026 (Liberum) y 814/2026 (AVARM)
Normativa impugnada
Ordenanza 2/2026 de 24 de marzo
Tribunal
Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid, Sección 2.a

Los recursos han sido interpuestos por Liberum y por la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (AVARM). Ambas entidades cuestionan la legalidad de las modificaciones introducidas en octubre de 2018 sobre las zonas de bajas emisiones de especial protección y el funcionamiento del Servicio de Estacionamiento Regulado, el conocido como SER.

La batalla judicial se centra ahora en la Sección 2.a de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Para que el proceso siga su curso, el tribunal ha solicitado formalmente al Área de Gobierno competente toda la documentación técnica y administrativa que dio lugar a la nueva ordenanza, un trámite estándar pero que marca el inicio de la revisión de la normativa por parte de los magistrados.

Si consideras que tus derechos se han visto afectados por estas nuevas restricciones al tráfico o tienes un interés legítimo en que la norma se mantenga tal y como fue aprobada, la ley permite que te persones en el procedimiento. Tienes un plazo de nueve días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio, para comparecer ante la Sala en defensa de tus intereses.

El Ayuntamiento ha puesto a disposición de los servicios técnicos la orden de envío de estos expedientes, numerados como 832/2026 y 814/2026 en los registros judiciales. A partir de ahora, será el tribunal quien determine si los cambios en la movilidad madrileña se ajustan a derecho o si, por el contrario, requieren algún tipo de rectificación.

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