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Subvenciones 2026 para asociaciones de Boadilla del Monte

Las entidades sin ánimo de lucro locales ya pueden solicitar las ayudas para proyectos de participación ciudadana. Repasamos el límite por entidad y los requisitos clave.

Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Boadilla del Monte tienen luz verde para presentar sus proyectos de participación ciudadana correspondientes al ejercicio 2026. La Junta de Gobierno local ha aprobado una convocatoria con un presupuesto total de 50.000,00 euros, destinada a financiar actuaciones ya ejecutadas entre el 2 de octubre de 2025 y el momento en que se registre la petición.

Datos clave

Plazo solicitud
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Importe máximo entidad
3.000,00 €
Presupuesto total
50.000,00 €
Límite coste proyecto
10.000,00 €
Periodo actividad
Entre el 2 de octubre de 2025 y la fecha de solicitud

Para acceder a estas ayudas, el primer paso es estar debidamente inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales. No basta con el alta: la entidad debe estar al día de sus obligaciones de comunicación con dicho registro y mantener todos los requisitos exigidos durante todo el año, ya que la administración comprobará esta información de oficio.

El tope máximo que puede recibir cada entidad se ha fijado en 3.000,00 euros, siempre y cuando no se supere la totalidad del coste del proyecto presentado. Además, existe una limitación en el presupuesto de la actividad: el proyecto para el que se pida el dinero no puede exceder los 10.000,00 euros de coste total, una cifra que deberá quedar plenamente justificada mediante facturas reales.

El Ayuntamiento ha establecido una serie de exclusiones que conviene revisar antes de iniciar el trámite. Quedan fuera de juego aquellas asociaciones que ya reciban subvenciones nominativas, las que tengan remunerada a su Junta Directiva o aquellas que hayan obtenido beneficios económicos por ceder espacios municipales durante las fiestas locales. Salvo en casos con fines sociales o sanitarios, también se denegarán las solicitudes de quienes ya hayan recibido fondos de otras administraciones o entidades públicas y privadas.

El trámite debe realizarse obligatoriamente de forma telemática utilizando el certificado digital de representante de la asociación, no el DNI personal de quien firma. Solo se permite presentar una única instancia por entidad inscrita; presentar más de una solicitud provocará la inadmisión automática de todas ellas.

El plazo para enviar la documentación es de 15 días hábiles, un contador que se activa a partir del día siguiente a la publicación oficial en el boletín. Los formularios normalizados se encuentran disponibles en la sede electrónica municipal para su descarga y posterior presentación digital.

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