Expropiaciones en Móstoles, Moraleja y Arroyomolinos para la línea de 400 kV
Red Eléctrica convoca a los titulares afectados por la nueva línea de alta tensión para el levantamiento de actas previas, un trámite ineludible en julio.
Si eres propietario de terrenos o derechos en Móstoles, Moraleja de Enmedio o Arroyomolinos, debes saber que el proyecto de ampliación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV ya tiene fecha para el proceso de ocupación forzosa. La Delegación del Gobierno en Madrid ha fijado los días 20, 21, 22 y 23 de julio de 2026 para la firma de las actas previas, un paso administrativo que permite al Estado y a Red Eléctrica de España disponer de los terrenos necesarios para esta obra de utilidad pública.
Datos clave
- Fechas de firma
- 20, 21, 22 y 23 de julio de 2026
- Dónde acudir
- Ayuntamientos de Móstoles, Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos
- Requisitos
- DNI y documentación acreditativa de la propiedad actualizada
- Qué hacer
- Comparecer físicamente o mediante representación escrita
- Afectados
- Titulares de terrenos entre los apoyos 115 y 135
El despliegue de este proyecto, que afecta al trazado entre los apoyos 115 y 135, requiere la comparecencia física de los titulares en las casas consistoriales. Los días 20 y 21 de julio el proceso se traslada a la Plaza de España de Móstoles, el 22 de julio al salón de plenos del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio y, finalmente, el 23 de julio a la Plaza Mayor de Arroyomolinos.
Para acudir a esta cita es imprescindible presentar el documento nacional de identidad, así como la documentación que acredite la propiedad actualizada, siendo recomendable aportar una nota simple del registro. En caso de no poder asistir personalmente, se permite la representación mediante un escrito firmado, siempre acompañado de las copias de los documentos de identidad correspondientes.
La normativa es estricta con la situación legal de los bienes. Si la propiedad es ganancial, deben presentarse ambos cónyuges; si existe proindiviso, todos los cotitulares tienen que estar presentes. Los arrendatarios, aparceros o acreedores hipotecarios también son parte interesada y deben acreditar su condición con los contratos pertinentes para poder participar en el acta.
Durante el encuentro se ofrecerá la posibilidad de alcanzar un mutuo acuerdo, que incluiría la valoración de los bienes y posibles indemnizaciones por daños, lucro cesante o premio de afección. Si no se logra ese entendimiento, se entregará la hoja de tasación de los depósitos previos, paso previo a la ocupación inmediata de las fincas según marca la Ley de Expropiación Forzosa.
Si necesitas subsanar errores en la relación de bienes y derechos afectados, puedes presentar alegaciones por escrito ante la Delegación del Gobierno. El registro electrónico común de la administración estatal, utilizando el código DIR3 indicado para el Área Funcional de Industria y Energía, es el canal preferente para quienes ya están obligados a relacionarse con la administración por vía telemática.
La ausencia de comparecencia en el día y hora señalados no detendrá el proceso. En tales casos, se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, perdiendo el titular la oportunidad de negociar el acta previa de manera directa. Es recomendable revisar la documentación anexa a la convocatoria para conocer el horario específico asignado a cada finca afectada.
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