Luz verde al parque fotovoltaico PSF Puerto Real tras el fallo judicial
Tras la sentencia del TSJ de Madrid, el Estado autoriza de nuevo el parque solar de Fénix Renovable en la campiña gaditana con una capacidad de 133,57 MW.
El parque solar fotovoltaico proyectado entre Puerto Real y Jerez de la Frontera ha superado el último escollo judicial que mantenía su tramitación en el aire. La Dirección General de Política Energética y Minas ha dado luz verde definitiva a Fénix Renovable para retomar el proyecto, cumpliendo así con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obligaba a la Administración a motivar la validez de los expedientes acumulados desde 2013.
Datos clave
- Potencia instalada
- 133,5708 MW
- Potencia evacuación
- 110 MW
- Recurso de alzada
- 1 mes
- Ubicación
- Puerto Real y Jerez de la Frontera
La instalación contará con una potencia instalada de 133,5708 MW, aunque la capacidad de evacuación final hacia la subestación de Cartuja, propiedad de Red Eléctrica de España, se mantiene limitada a 110 MW. La infraestructura incluye 404.760 módulos solares, una combinación de estructuras fijas y seguidores de un eje, junto a una red de 42 torres de alta tensión que recorrerán algo más de 12 kilómetros entre ambos municipios gaditanos.
El proyecto ha sufrido múltiples modificaciones técnicas a lo largo de los años. Desde el cambio de ubicación inicial tras detectarse afecciones al águila imperial ibérica hasta los ajustes finales en la subestación 220/20 kV para permitir la evacuación conjunta de otras plantas fotovoltaicas de la zona, el expediente ha sido un rompecabezas de informes sectoriales y condicionados ambientales.
La resolución actual, firmada el 29 de julio de 2026, ampara legalmente tanto la construcción de la planta como la declaración de utilidad pública de la línea aérea de evacuación. Este reconocimiento facilita la ocupación de terrenos y el paso de la infraestructura sobre bienes públicos, un punto crítico para el avance de las obras sobre el terreno.
El promotor tiene ahora vía libre para ejecutar el proyecto, siempre bajo la estricta observancia de los condicionados ambientales y técnicos ya aceptados. Las medidas preventivas y correctoras dictadas en la Declaración de Impacto Ambiental, junto con la adenda de 2025, son de obligado cumplimiento para evitar que la autorización quede anulada.
Si alguien considera que esta resolución no se ajusta a Derecho, el plazo para presentar un recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía es de un mes. El contador se pone en marcha el día siguiente a la notificación o, en su caso, a esta publicación oficial.
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