Algeciras fija el calendario fiscal para el 4º trimestre de 2026
El Ayuntamiento de Algeciras ha marcado las fechas para las tasas de mercados, quioscos y terrazas. Si no tienes los recibos domiciliados, estas son tus fechas límite para pagar antes de que empiecen los recargos.
Si tienes un quiosco, una mesa de terraza o un negocio en los mercados municipales de Algeciras, el calendario fiscal del último trimestre del año ya está sobre la mesa. La Alcaldía ha formalizado los plazos para el pago de estas tasas trimestrales, recordándote que el orden en los tributos evita sustos innecesarios con la recaudación ejecutiva.
Datos clave
- Plazo de pago
- 20 de octubre al 20 de diciembre
- Fecha domiciliación
- 05 de diciembre
- Qué pagar
- Tasas de mercados, quioscos y mesas
El periodo voluntario para abonar estas tasas se mantiene abierto desde el 20 de octubre hasta el 20 de diciembre de 2026. Si prefieres la tranquilidad de la domiciliación bancaria, el cargo en cuenta se realizará de forma puntual el 5 de diciembre.
La administración local insiste en las ventajas de automatizar estos cobros. Domiciliar tus recibos te ahorra visitas presenciales a las oficinas municipales y, sobre todo, te blinda frente a los recargos por demora que empiezan a saltar en cuanto se pasa el día 20.
Si decides no domiciliar, el proceso sigue siendo el de siempre. Puedes recoger tus dípticos de pago en el Departamento de Gestión Tributaria, ubicado en la calle Sindicalista Luis Cobos, número 2, en horario de mañana de 9:00 a 14:00.
El pago lo puedes gestionar de forma telemática desde la web municipal o en las ventanillas de BBVA, Banco Sabadell, Banco Santander, CaixaBank y Unicaja. La tecnología facilita el trámite, pero el plazo es estricto.
Ojo con el calendario. Si el día 20 cae en fin de semana, el vencimiento se traslada automáticamente al primer día hábil siguiente para no pillarte desprevenido.
La advertencia oficial es clara: si el pago se retrasa, entras en periodo ejecutivo con recargos que pueden oscilar entre el 5 y el 20 por ciento, además de los intereses de demora correspondientes. Las notificaciones se entienden realizadas de forma colectiva con la publicación del edicto.
Para quienes aún no tengan sus recibos domiciliados y quieran sumarse a esta modalidad, el trámite requiere presentar el modelo SEPA en la sede electrónica o en las oficinas de registro. Si eres persona jurídica, el canal electrónico es tu única vía obligatoria.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.