Nueve empresas y autónomos deben justificar sus ayudas Covid en Canarias
Ver todas las subvenciones y ayudas en Canarias →Nueve empresas y autónomos canarios tienen 10 días hábiles para justificar las ayudas directas recibidas por la pandemia. Si no presentan los documentos, se exponen a un reintegro de los fondos.
Nueve empresas y autónomos canarios tienen ahora un trámite pendiente con la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica. El boletín oficial ha publicado hoy el requerimiento para que estas entidades completen la documentación justificativa de sus ayudas directas, concedidas originalmente bajo el paraguas del Real Decreto-ley de solvencia empresarial de la pandemia.
Datos clave
- Plazo solicitud
- Hasta el 7 de agosto de 2026
- Qué hacer
- Aportar documentación en sede electrónica
- Beneficiarios
- 9 empresas y autónomos listados
Los afectados deben revisar su expediente en la sede electrónica del Gobierno de Canarias para conocer el detalle de lo que falta. Si no se subsana la documentación en este plazo, la administración advierte de que el siguiente paso será el reintegro, total o parcial, del dinero que ya recibieron.
El requerimiento afecta a nueve nombres concretos: Thainui Canarias, Martín González Martín, V.I.P. Canarias, Manditur, Destilerías San Bartolomé de Tejina, Rapapido Sec Costa Adeje, Mirador Medical Center, Aqua Shipping and Trading y Hotel Oasis Paraíso. Todos ellos vieron cómo sus recursos de alzada prosperaron en 2022, pero ahora deben cerrar el círculo administrativo de aquellas ayudas.
El proceso para contestar es estrictamente digital. Debes entrar en tu área personal de la sede electrónica, acceder al apartado de Gestión de Requerimientos Pendientes, cumplimentar el formulario y pulsar el botón de Aportar y Registrar. Es la única forma de que conste en el expediente.
La norma es clara respecto a la justificación. Dependiendo del importe recibido, el decreto exige desde una declaración responsable para las cantidades más pequeñas, hasta una cuenta justificativa con informe de auditor para las superiores a 100.000 euros. Todo debe estar perfectamente documentado y disponible para futuras inspecciones.
Si no se cumple el trámite, el derecho a mantener la ayuda puede decaer.
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