Turismo y Empleo·Boletín Bien de Canarias,

8,5 millones de euros para la inserción laboral en Canarias

Plazo de solicitudAbierto hasta el 15 de septiembre de 2026Quedan 14 días
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El Servicio Canario de Empleo abre el plazo para solicitar ayudas destinadas a la inserción laboral de colectivos vulnerables. Hay 8,5 millones de euros en juego.

El Servicio Canario de Empleo ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas para mejorar la empleabilidad de colectivos que a menudo encuentran barreras casi insalvables en el mercado laboral. Se trata de una convocatoria de 8.500.000 € destinada a financiar itinerarios de inserción diseñados por entidades sin ánimo de lucro en todo el archipiélago.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 15 de septiembre de 2026
Cuantía
8.500.000 €
Beneficiario
Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro
Cómo solicitar
Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Estas subvenciones están pensadas para asociaciones y fundaciones que trabajen con personas en riesgo de exclusión social, inmigrantes o ciudadanos con discapacidad. El objetivo es ofrecerles una capacitación real y duradera, lejos de los programas de formación estándar que, por su propia estructura, a veces no logran alcanzar a los perfiles más necesitados de apoyos específicos.

Los proyectos deberán estar dirigidos a personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes en las oficinas del Servicio Canario de Empleo. La iniciativa cuenta con una cofinanciación del 85 por ciento por parte del Fondo Social Europeo Plus, lo que marca el alcance y la importancia de la actuación para este ejercicio.

Si tu entidad se dedica a estas labores, tienes un plazo muy ajustado para preparar la propuesta. El periodo de presentación es de diez días hábiles desde la publicación oficial. Dado que el anuncio apareció en el boletín el 1 de septiembre, la fecha tope para formalizar la solicitud es el próximo 15 de septiembre de 2026.

Las peticiones deben presentarse de forma obligatoria a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, concretamente en el trámite identificado con el número 6752. La documentación requerida es específica y viene detallada en las bases reguladoras vigésimas cuarta y vigésima quinta de la normativa de referencia.

Es fundamental repasar bien los requisitos de las bases sexta y vigésima segunda antes de dar el paso en la sede. Cualquier error en el formulario o en la acreditación de la entidad puede dejar el proyecto fuera de este reparto.

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