Sanidad·Boletín Bien de Canarias,

Consuelo María Rodríguez Jiménez, fija en Farmacología Clínica

Consuelo María Rodríguez Jiménez obtiene su plaza fija tras el concurso-oposición de estabilización. La facultativa tiene ahora 15 días naturales para tomar posesión.

Consuelo María Rodríguez Jiménez ya tiene plaza fija como facultativa especialista de área en Farmacología Clínica en el Hospital Universitario de Canarias. Su nombramiento, publicado esta semana, pone el broche definitivo a un largo proceso selectivo de estabilización iniciado a finales de 2022.

Datos clave

Plazo posesión
15 días naturales
Adjudicataria
Consuelo María Rodríguez Jiménez
Destino
Hospital Universitario de Canarias
Categoría
FEA-Farmacología Clínica

El Servicio Canario de la Salud le otorga ahora un plazo improrrogable de 15 días naturales para tomar posesión de su puesto. Este periodo comienza a contar desde el día siguiente a la publicación de este boletín.

La toma de posesión se llevará a cabo ante la Dirección Gerencia del propio Complejo Hospitalario Universitario de Canarias. En ese momento, la facultativa deberá identificarse debidamente y, si fuera necesario, aportar la documentación que no conste aún en su expediente o en los sistemas de información del Servicio Canario de la Salud.

La normativa es clara respecto a los tiempos y las obligaciones. Quien no se incorpore dentro de este plazo perderá todos los derechos adquiridos en el proceso selectivo, salvo que una causa justificada, debidamente alegada y apreciada por la Dirección General de Recursos Humanos, permita una excepción.

Si en el momento de la toma de posesión la profesional estuviera en situación de incapacidad temporal, el proceso se diferirá hasta su alta médica. Deberá comunicar esta circunstancia por escrito a la gerencia antes de que venza el plazo posesorio inicial.

El nombramiento incluye una cláusula de permanencia: la facultativa no podrá obtener comisiones de servicio fuera del Servicio Canario de la Salud durante los dos próximos años. Esta limitación solo decae en casos excepcionales de violencia de género o terrorismo.

Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias o, si lo prefiere, un recurso de reposición ante el Director del Servicio Canario de la Salud en el plazo de un mes.

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