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Obras Públicas, Vivienda y Movilidad·Boletín Bien de Canarias,

Una persona recibe una ayuda al alquiler en La Palma

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El Instituto Canario de la Vivienda ha resuelto una nueva ayuda de emergencia para una persona por el alquiler de su vivienda tras la erupción volcánica.

Una persona ha recibido una ayuda de emergencia por el alquiler de su vivienda habitual, tras ser incluida en la resolución más reciente del Instituto Canario de la Vivienda. La concesión, publicada el 4 de septiembre de 2026 en el boletín autonómico, cubre el periodo comprendido entre mayo y agosto de este mismo año.

Datos clave

Importe
800,00 €
Periodo cubierto
Mayo - agosto 2026

La ayuda asciende a 800,00 euros. Esta cuantía está destinada a compensar los gastos de arrendamiento de las unidades familiares que se vieron obligadas a abandonar sus hogares en los municipios de Tazacorte, El Paso o Los Llanos de Aridane debido a la erupción volcánica de La Palma.

El pago ya está resuelto. El Instituto Canario de la Vivienda ha determinado que la subvención está totalmente justificada, basándose en la inscripción previa en el Registro de personas afectadas y en la documentación aportada sobre el pago del alquiler en el periodo señalado.

La persona beneficiaria deberá conservar los justificantes del pago del alquiler durante al menos cuatro años. Esta medida es un requisito obligatorio para asegurar que los fondos públicos, gestionados a través de una partida presupuestaria específica para afectados por el volcán, han sido aplicados correctamente.

Si las condiciones iniciales que motivaron esta ayuda cambiaran, o si la persona beneficiaria recibiera otros ingresos para el mismo fin, estaría obligada a comunicarlo a la administración. En cualquier caso, el importe concedido siempre actúa como un techo máximo, sin que pueda superar el valor real de la renta arrendaticia.

La resolución ya es firme. Los interesados disponen de un plazo de cinco días hábiles desde la notificación para presentar una renuncia expresa si fuera necesario. Para quienes deseen interponer recursos adicionales, las vías administrativa y contenciosa siguen abiertas según los plazos legales habituales.

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