Vivienda protegida en Canarias: la nueva lista de documentos exigidos
El Instituto Canario de la Vivienda ajusta la documentación necesaria para obtener la calificación, integrando el nuevo visado de ocupación provisional.
El Instituto Canario de la Vivienda acaba de actualizar la lista de documentos necesarios para solicitar la calificación de viviendas protegidas. Si eres promotor, ya sea de vivienda pública o privada, o si estás en pleno proceso de autoconstrucción, este cambio afecta directamente a cómo debes preparar tu expediente desde esta misma semana.
Datos clave
- Visado
- 2 meses de plazo o silencio positivo
- Garantía
- 5% del coste de las obras
- Ámbito
- Promoción pública, privada y autoconstrucción
La principal novedad es el aterrizaje de una nueva figura: el visado de primera ocupación y utilización provisional. Esta pieza documental surge a raíz de la Ley 7/2026, publicada el pasado verano, y su objetivo es agilizar el acceso a las viviendas cuando la urbanización del entorno aún no está terminada del todo. Las reglas son claras: basta con que la parcela disponga de servicios básicos y acceso rodado pavimentado para poder entrar a vivir antes de que el barrio luzca sus acabados definitivos.
El boletín detalla ahora tres anexos diferenciados según la naturaleza de la promoción. El primero abarca la promoción pública, detallando qué aportar tanto para la calificación provisional como para la definitiva. El segundo se centra en el sector privado y la autoconstrucción, donde se hace hincapié en la declaración responsable sobre la carencia de otras viviendas en propiedad de los miembros de la unidad de convivencia.
El tercer anexo es el encargado de recoger el nuevo visado de primera ocupación. Para obtenerlo, además de los certificados finales de obra, deberás incluir la solicitud de enganche de agua y luz, junto con las propuestas de condiciones técnico-económicas de las empresas suministradoras. También se requiere un reportaje fotográfico que deje claro el estado del acceso peatonal y la iluminación de las vías.
La burocracia se aligera en un punto clave. Si el propio Instituto Canario de la Vivienda ya dispone de la información necesaria, no se te exigirá que la presentes de nuevo. Además, las declaraciones responsables ya pueden integrarse en los impresos oficiales de solicitud para no duplicar papeles.
Un detalle importante sobre este visado de primera ocupación es el plazo de respuesta. La administración tiene un máximo de dos meses para resolver tu solicitud. Si el tiempo se agota y no has recibido noticias, la ley establece que el visado se entiende otorgado por silencio administrativo.
La normativa anterior queda sin efecto. Toda la tramitación se rige desde ya por estas nuevas directrices, firmadas el pasado 23 de septiembre por la directora del Instituto, María del Pino de León Hernández.
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