El ISTAC reconoce el teletrabajo tras el recurso de la CSIF
Una omisión en los documentos oficiales del ISTAC obliga al Gobierno a rectificar. La resolución clarifica la situación del teletrabajo en la nueva unidad.
El Instituto Canario de Estadística ha tenido que revisar su reciente organización interna tras un tirón de orejas sindical. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) presentó un recurso contra el decreto que movió piezas en la plantilla de la Unidad Delegada del Sector Primario, y finalmente ha conseguido una victoria parcial que corrige una omisión administrativa.
Datos clave
- Qué ocurre
- Se corrige el decreto de puestos de trabajo
- Cambio principal
- Inclusión del teletrabajo como opción
- Recurso
- Estimado parcialmente
- Plazo judicial
- 2 meses para recurso contencioso
El problema era material, no de fondo. Al modificar la relación de puestos de trabajo el pasado abril, se olvidaron de especificar por escrito si esas plazas permitían el teletrabajo. La ley exige que toda relación de puestos de trabajo aclare esta posibilidad, y la omisión fue reconocida de inmediato por el propio instituto.
La administración ha estimado parcialmente el recurso para añadir un párrafo aclaratorio. Todos los puestos afectados por aquella reordenación son, a partir de ahora, oficialmente susceptibles de desempeñarse en remoto.
El Gobierno de Canarias ha rechazado, sin embargo, el resto de las pretensiones de nulidad planteadas por el sindicato. La suspensión cautelar de la ejecución del decreto, que la CSIF también solicitó, ha sido denegada.
El interés público prevalece.
La estructura técnica sigue en marcha. La corrección se limita a esa mención sobre el trabajo en remoto, confirmando la plena legalidad del resto del procedimiento. Quien desee seguir adelante con la vía judicial tiene ahora un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
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