Turismo y Empleo·Boletín Bien de Canarias,

Calendario laboral de Canarias para 2027: todas las fechas clave

Ya conocemos los 12 días festivos del próximo año en el archipiélago. Consulta las jornadas nacionales, el festivo insular de tu isla y el plazo para fijar las locales.

Ya tenemos sobre la mesa el calendario de fiestas laborales para el año 2027 en el archipiélago. El decreto aprobado por el Gobierno de Canarias fija las fechas que marcarán el descanso en el trabajo para los próximos meses, incluyendo el detalle insular que diferencia a cada una de las ocho islas.

Datos clave

Plazo local
1 mes desde el 4 de julio de 2026
Festivos comunes
12 días en todo el archipiélago
Recurso reposición
1 mes desde el 4 de julio de 2026

El calendario común para todo el territorio autonómico incluye, además de los festivos nacionales, el 16 de agosto como día de descanso, ya que la festividad de la Asunción de la Virgen cae en domingo en 2027. A esto se suman las fechas específicas elegidas por cada Cabildo: el 2 de febrero para Tenerife (Virgen de la Candelaria), el 5 de agosto para La Palma (Nuestra Señora de Las Nieves), el 8 de septiembre para Gran Canaria (Nuestra Señora del Pino), el 15 de septiembre para Lanzarote y La Graciosa (Nuestra Señora de Los Volcanes), el 17 de septiembre para Fuerteventura (Nuestra Señora de la Peña), el 24 de septiembre para El Hierro (Nuestra Señora de Los Reyes) y el 4 de octubre para La Gomera (Nuestra Señora de Guadalupe).

Cada municipio debe ahora proponer sus dos fiestas locales tradicionales. Los ayuntamientos tienen un plazo de un mes, contado a partir del 4 de julio de 2026, para remitir estas propuestas a la Dirección General de Trabajo.

Una vez recibidas, el Gobierno oficializará estas fechas mediante una orden departamental. Es el último paso para cerrar el puzzle de días inhábiles.

Las decisiones están tomadas.

Si no estás de acuerdo con este calendario, puedes presentar un recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de Canarias en el plazo de un mes o acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.

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