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Desarrollo Sostenible·Boletín Bien de Castilla-La Mancha,

Diez años más para la línea eléctrica en la Cañada Real de Molina

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La Consejería de Desarrollo Sostenible autoriza a Parque Eólico de Escepar a mantener el cruce de una línea de alta tensión en el municipio de El Valle de Altomira.

El cruce de una línea eléctrica de 220 kV sobre la Cañada Real de Molina de Aragón, en El Valle de Altomira, va a seguir ocupando el terreno durante una década más. La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad ha formalizado la renovación de esta ocupación, un trámite que asegura la continuidad de esta infraestructura energética en la provincia de Cuenca.

Datos clave

Plazo vigencia
10 años (desde 9 de enero de 2026)
Canon total
468 €
Superficie
104 m²
Entidad
Parque Eólico de Escepar

La instalación ya contaba con una concesión previa que finalizó el pasado 9 de enero de 2026. Tras la solicitud presentada por la entidad Parque Eólico de Escepar, el Servicio de Medio Natural ha verificado que el mantenimiento de este cruce aéreo no interfiere en el tránsito ganadero ni en otros usos de la vía pecuaria.

La superficie afectada suma 104 metros cuadrados, con una longitud de cruce de 8 metros sobre esta cañada, que mantiene una anchura legal de 7 metros. El canon fijado para estos diez años se ha establecido en 468 euros, tras abonar las tasas correspondientes por la formación del expediente y el anuncio oficial.

El visto bueno llega tras un proceso que ha incluido la exposición pública en el ayuntamiento, sin que se hayan presentado alegaciones durante el tiempo marcado. La resolución subraya que las instalaciones deben proteger a la avifauna contra la electrocución, según la normativa vigente.

La entidad titular deberá cumplir con todas las prescripciones técnicas y, al terminar el plazo, tendrá la obligación de restituir el terreno a su estado original. Esto último solo cambiará si la Consejería decide que las instalaciones deben revertir a la vía pecuaria.

La concesión queda sujeta a un riguroso control técnico. El estado original debe ser recuperado en un máximo de tres meses tras el vencimiento.

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