Ayuntamiento de Cuéllar·Boletín Bien de Castilla y León,

Cuéllar paraliza licencias en el Convento de San Francisco

Plazo de solicitudAbierto hasta el 2 de septiembre de 2026Quedan 30 días

El Ayuntamiento de Cuéllar congela los permisos de obra en el Convento de San Francisco mientras tramita una modificación urbanística. Tienes dos meses para alegar.

El futuro del antiguo Convento de San Francisco en Cuéllar entra ahora en una fase de pausa obligada. Si tienes interés en las decisiones urbanísticas que afectan al patrimonio de la villa, es el momento de revisar los detalles del expediente que el Ayuntamiento acaba de abrir a consulta pública tras el acuerdo plenario del pasado 25 de junio.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 2 de septiembre de 2026
Suspensión licencias
Máximo 2 años
Dónde consultar
Oficina Técnica / Web municipal
Expediente
3019/2025

La modificación puntual de las Normas Urbanísticas Municipales, firmada por el arquitecto Gonzalo Bobillo de Lamo, tiene como objetivo directo la reordenación de este emblemático entorno. Las parcelas catastrales 06445-14 y 10, que conforman el conjunto, quedan sujetas a partir de ahora a una suspensión automática de licencias urbanísticas.

Esta medida de freno es temporal por definición. Se mantendrá activa hasta que la modificación entre en vigor o, como plazo máximo, durante dos años. El objetivo es evitar que se realicen intervenciones que contravengan el nuevo planeamiento que se está gestando para este sector, clasificado dentro del conjunto histórico de la localidad.

Si necesitas revisar los documentos técnicos, planos o la memoria de la propuesta, la Oficina Técnica Municipal, situada en la Plaza Mayor, número 1, mantiene sus puertas abiertas para la consulta presencial. El horario de atención es de lunes a viernes, entre las 9.00 y las 14.00 horas.

También es posible acceder a toda la documentación técnica a través de la página web del Ayuntamiento. Las alegaciones, informes o sugerencias pueden presentarse formalmente en el registro municipal o por cualquiera de los cauces admitidos legalmente para la gestión administrativa.

La suspensión es efectiva.

El plazo para aportar tus observaciones es de dos meses, computados desde el día siguiente a esta publicación oficial. Es el momento de opinar.

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