Desregulación, Familia y Ayudas Sociales·Boletín Bien de Castilla y León,

Ayudas de 500 € por los desalojos de incendios en Castilla y León

Plazo de solicitudAbierto hasta el 9 de octubre de 2026Quedan 38 días
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Si fuiste desalojado de tu vivienda por los incendios forestales de este verano en Castilla y León, puedes pedir esta ayuda directa. Tienes hasta octubre para formalizar tu solicitud.

Si viviste el desalojo de tu hogar este verano debido a los incendios forestales en Castilla y León, hay una ayuda económica directa que puedes solicitar. La Junta ha habilitado esta subvención de 500 euros para compensar, en parte, el impacto de las evacuaciones sufridas durante este complicado verano de 2026.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 9 de octubre de 2026
Cuantía
500 €
Beneficiario
Familias empadronadas en zonas evacuadas
Qué hacer
Presentar modelo normalizado de solicitud

La ayuda va dirigida exclusivamente a las unidades familiares que estuvieran empadronadas en los municipios evacuados a fecha del 30 de julio de 2026. Si compartes domicilio con otras personas, se considera una única unidad familiar a efectos de esta concesión.

El trámite es sencillo porque no requiere que presentes ninguna justificación posterior de gastos. Solo necesitas rellenar el modelo normalizado de solicitud, aunque debes tener en cuenta que el órgano gestor realizará comprobaciones sobre tu identidad, tus obligaciones tributarias y tu empadronamiento histórico colectivo.

El sistema consultará de oficio las plataformas de intermediación de datos. Si prefieres que esto no sea así, tendrás que presentar tú mismo el certificado de empadronamiento y los documentos acreditativos de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

La administración no te enviará una notificación individual a tu domicilio. La concesión de la ayuda se publicará directamente en la sede electrónica oficial, y es ahí donde deberás verificar si tu solicitud ha sido admitida.

¿Y si no la quieres? Tienes 10 días hábiles desde la publicación de la resolución para rechazarla expresamente. De lo contrario, se entenderá aceptada por defecto.

Recuerda la fecha. Tienes de margen hasta el 9 de octubre de 2026 para tramitar tu solicitud. Cualquier petición registrada después de ese día quedará fuera de plazo, según consta en la normativa.

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