Educación·Boletín Bien de Castilla y León,

Elecciones a consejos escolares: las fechas clave para este otoño

La Consejería de Educación ha publicado el calendario para los consejos escolares de Castilla y León. Si eres parte de la comunidad educativa, estas son las fechas clave para la renovación de los órganos de gobierno.

Las familias, profesores y alumnos de Castilla y León ya tienen marcado en el calendario el momento de decidir quién representará a cada sector en los consejos escolares de sus centros. La Dirección General de Bienestar Educativo ha fijado la semana del 16 al 20 de noviembre de 2026 para la celebración de las votaciones en todos los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad.

Datos clave

Plazo votación
Del 16 al 20 de noviembre de 2026
Voto correo
Solicitar en secretaría y enviar 3 días antes
Recurso
1 mes ante la Consejera de Educación

Este proceso de elección y renovación es obligatorio para aquellos centros de nueva creación, los que han incrementado el número de unidades en el último curso, o los que cumplen dos años desde su última renovación parcial. También deberán celebrarse elecciones cuando exista una vacante total de los puestos de un sector en el consejo escolar.

El camino hacia las urnas comienza este mes de octubre con la elaboración y aprobación del censo electoral, seguido del sorteo para la constitución de las juntas electorales y la presentación de candidaturas. En la primera quincena de noviembre se publicarán las listas provisionales y definitivas, dejando todo listo para la votación centralizada en la segunda mitad de ese mes.

La normativa permite el voto por correo para asegurar la máxima participación. Los interesados deberán solicitar la documentación necesaria en la secretaría de su centro y hacerla llegar tres días antes de la jornada electoral, utilizando el sistema de doble sobre para garantizar el secreto del voto.

Los días de votación se declaran lectivos a todos los efectos. Los directores tienen la responsabilidad de facilitar la información y los medios para que los candidatos puedan exponer sus programas, mientras que los miembros de las mesas o juntas electorales contarán con los permisos laborales necesarios para cumplir con sus funciones.

Las juntas electorales de cada centro tendrán autonomía para fijar el horario de votación, siempre garantizando que sea compatible con las horas de entrada y salida del alumnado. El proceso culmina con el registro electrónico de los resultados finales, una tarea que los directores realizarán a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León.

Quienes no estén conformes con esta resolución pueden presentar un recurso de alzada ante la Consejera de Educación. El plazo es de un mes.

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