La Universidad de Valladolid estrena nuevo Reglamento del Consejo
La Universidad de Valladolid unifica su normativa interna para adaptarse a la LOSU, suprimiendo la Mesa del Consejo y ajustando las cuotas de representación.
La Universidad de Valladolid ha estrenado este mes un nuevo reglamento para su Consejo de Gobierno, el órgano de mando que decide desde el calendario académico hasta los convenios internacionales. La publicación oficial de este texto pone fin a la dualidad normativa que arrastraba la institución desde 2004, integrando en un solo documento las reglas de funcionamiento interno y las normas electorales que hasta ahora caminaban por separado.
Datos clave
- Órgano
- Consejo de Gobierno UVa
- Cambio principal
- Integración de normas y fin de la Mesa
- Representación
- 10% estudiantes y 10% PTGAS
- Entrada en vigor
- 17 de septiembre de 2026
La reforma es, en esencia, una adaptación necesaria a la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario, la conocida como LOSU. La ley estatal exige cambios profundos en la gobernanza, como el refuerzo de la representación del estudiantado y del personal técnico, de gestión y administración (PTGAS), que ahora deben ocupar al menos un 10 por ciento de los puestos cada uno, mientras que el Rector reserva para su designación directa hasta un tercio de los miembros del órgano.
El nuevo texto suprime la Mesa del Consejo de Gobierno. Los redactores justifican este movimiento por la escasa relevancia de su actuación y la necesidad de ganar agilidad en las sesiones, una medida que, según el informe jurídico, no compromete la seguridad jurídica ni el desarrollo de los debates.
El funcionamiento de las comisiones también cambia. Se mantienen ocho áreas de trabajo, desde la Comisión Permanente hasta la de Investigación o Relaciones Internacionales, pero con una restricción clara: ningún miembro podrá pertenecer a más de dos comisiones de manera simultánea, salvo que no haya suficientes representantes para cubrir las plazas.
Las sesiones del Consejo seguirán siendo públicas, salvo en asuntos de confidencialidad o que afecten a personas determinadas. La retransmisión audiovisual por los canales de la universidad se mantiene como norma general para garantizar la transparencia.
Las faltas injustificadas tienen castigo. La ausencia sin motivo justificado a tres sesiones consecutivas o a cuatro anuales supondrá la suspensión de funciones durante seis meses, previa audiencia al afectado.
Los acuerdos del Consejo se adoptarán por mayoría simple, aunque para que una sesión sea válida en segunda convocatoria debe haber al menos un tercio de los miembros presentes, incluyendo siempre al Rector y al Secretario.
Las reformas del reglamento serán ahora más exigentes en su trámite. Cualquier cambio requiere la mayoría absoluta del pleno si se trata de una reforma global, y si la propuesta fracasa, no podrá volver a presentarse una idéntica hasta pasados dos años.
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