Medio Ambiente y Energía·Boletín Bien de Castilla y León,

Ocupación forzosa en Magaz de Pisuerga para la planta fotovoltaica FV-Magaz

Los propietarios de la finca 11 en Magaz de Pisuerga están citados para el levantamiento de actas previas debido al proyecto fotovoltaico FV-Magaz.

Los titulares de la finca 11 en Magaz de Pisuerga tienen una cita marcada en el calendario para el próximo 22 de septiembre de 2026. La administración ha convocado a los propietarios afectados, César Jiménez Miguel, Jesús Jiménez Miguel y María Pilar Jiménez Gallardo, al levantamiento de actas previas para la ocupación forzosa de sus terrenos, un paso necesario dentro del expediente expropiatorio vinculado a la planta fotovoltaica FV-Magaz.

Datos clave

Fecha de acta
22 de septiembre de 2026
Lugar
Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga
Afectados
César, Jesús y María Pilar Jiménez
Beneficiaria
Prokon New Energy Spain, S.L.

La convocatoria tendrá lugar en el ayuntamiento de Magaz de Pisuerga, concretamente a las 09:30 horas. Este encuentro formal responde a la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública que la Junta de Castilla y León concedió el pasado 24 de marzo de 2026 para el desarrollo de esta instalación de 5 megavatios de potencia, promovida por Prokon New Energy Spain.

Si eres uno de los afectados, recuerda que debes acudir personalmente o a través de un representante debidamente autorizado. Es indispensable llevar contigo los documentos que acrediten la titularidad de los bienes y derechos, así como el último recibo de la contribución que corresponda a la parcela 22 del polígono 14.

El proceso permite que los propietarios se acompañen de peritos o notarios, siempre que los gastos corran por su propia cuenta. Aunque la administración enviará notificaciones individuales, esta publicación en el boletín oficial sirve como citación formal para los casos en los que no haya sido posible contactar de forma directa.

La empresa Prokon New Energy Spain asume en este proceso la figura de beneficiaria directa de la ocupación, actuando bajo el amparo de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954. Tras este paso administrativo, se procederá a la ocupación efectiva de los terrenos para la construcción de la infraestructura de evacuación eléctrica.

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