Ayuntamiento de Amer·Boletín Bien de Cataluña,

Amer redibuja su plantilla municipal tras dos modificaciones

El Ayuntamiento de Amer ha formalizado dos modificaciones en su estructura de personal. El documento detalla las 20 plazas que componen el consistorio y marca el 25 por ciento de tasa de temporalidad.

El Ayuntamiento de Amer ha terminado el verano ajustando sus cuentas de personal, un ejercicio de contabilidad interna que, más allá de los números fríos, revela cómo se estructura el día a día municipal en esta localidad de la comarca de la Selva. Tras la luz verde definitiva a dos modificaciones de la plantilla, el documento oficial detalla ahora una estructura de 20 plazas totales, con una tasa de temporalidad estructural que se sitúa en el 25 por ciento.

Datos clave

Plazas totales
20
Vacantes actuales
5
Tasa temporalidad
25%
Recurso judicial
2 meses ante el TSJC

La plantilla actual es un mapa detallado de necesidades y cambios previstos. El personal funcionario suma 11 plazas, aunque con cinco de ellas actualmente vacantes. Entre los puestos a cubrir destaca la secretaría-intervención, clasificada como A1, que permanece sin titular. Por otro lado, la brigada y los servicios técnicos muestran un baile de movimientos: se mantiene la previsión de amortizar una plaza administrativa del grupo C1, mientras que otra plaza de gestión del grupo A2 está a la espera de ser cubierta una vez se formalice esa amortización.

El apartado de personal laboral, compuesto por 9 plazas, muestra una fotografía más estable, con solo una vacante en el grupo de oficial de brigada. El resto de las posiciones, que incluyen servicios de limpieza y operarios, funcionan con normalidad, contando algunas con jornadas parciales específicas. La plantilla se cierra con un único puesto de personal eventual destinado a la asesoría de comunicación.

Cambios internos.

La alcaldesa-presidenta, M. Rosa Vila Juanhuix, ha ratificado estos ajustes este pasado 18 de agosto. Aunque la modificación de la plantilla pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado en impugnar este reparto de plazas dispone de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.

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