Ayuntamiento de Bolvir·Boletín Bien de Cataluña,

Bolvir ajusta las tasas por alquiler de equipamientos y terrazas

El Ayuntamiento de Bolvir actualiza los precios públicos por el uso de locales y mobiliario urbano. Si ocupas la vía pública o alquilas espacios, hay nuevos importes y plazos para presentar alegaciones.

Si organizas eventos en Bolvir o necesitas ocupar la vía pública con tu terraza, toma nota porque la normativa local va a cambiar. El Ayuntamiento ha aprobado inicialmente el texto refundido de su Ordenanza número 32, que regula tanto el alquiler de equipamientos municipales como el uso de espacios públicos con mobiliario.

Datos clave

Plazo
30 días hábiles desde el 20 de julio
Dónde consultar
Oficinas municipales
Uso terrazas
40 € por mesa al año
Fianza sillas
5 € por unidad
Auditorio
50 € por hora (lucrativo)

La medida afecta a cualquier persona o entidad que solicite el uso de equipamientos como el auditorio, el local social, la sala de exposiciones del museo o el espacio de coworking. El texto fija ahora las tasas concretas, como los 50 euros por hora para el auditorio con fines lucrativos o los 40 euros en el caso del local social.

Para las terrazas en la vía pública, el coste anual se sitúa en 40 euros por cada conjunto de mesa, sillas y sombrilla. Si lo que necesitas es instalar una pérgola o un espacio reservado, el precio es de 3,50 euros por metro cuadrado al mes.

La normativa contempla excepciones. Es posible solicitar una cesión gratuita de los equipos siempre que el evento tenga un fin público, social o cultural y no sea lucrativo. Aun en estos casos, el Ayuntamiento podrá exigir una fianza que será devuelta tras comprobar que el material no ha sufrido daños.

Si el mobiliario o el equipamiento sufre desperfectos, la persona autorizada deberá cubrir el coste de la reparación o el reemplazo. Por ejemplo, el coste por daños en una silla se ha fijado en 25 euros, mientras que en el caso de una mesa la cifra asciende a 150 euros.

El texto está ahora en periodo de información pública. Tienes 30 días hábiles desde la publicación de este anuncio para consultarlo en las oficinas municipales y, si lo consideras necesario, presentar alegaciones antes de su aprobación definitiva.

Si nadie presenta objeciones durante este plazo, la ordenanza entrará en vigor directamente tras su publicación oficial en el Boletín de la Provincia de Girona. Toca revisar la agenda.

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