Ayuntamiento de Olius·Boletín Bien de Cataluña,

Olius congela licencias en suelo no urbanizable por cambios en su POUM

Si tienes pensado construir o realizar obras en suelo no urbanizable de Olius, el pleno ha frenado las licencias. Te explicamos los plazos para alegar y cómo consultar si tu parcela está afectada por la nueva ordenación.

Si eres propietario de terrenos en suelo no urbanizable en Olius, es probable que tus planes de edificación hayan quedado congelados este verano. El pleno municipal aprobó el pasado 26 de agosto una modificación puntual del Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM), centrada específicamente en las condiciones de construcción y en los servicios técnicos en este tipo de suelo. El cambio urbanístico ya es oficial.

Datos clave

Qué hacer
Consultar el plano de suspensión en www.olius.cat
Plazo alegaciones
1 mes desde la última publicación
Recurso reposición
1 mes
Recurso contencioso
2 meses

La medida trae consigo una consecuencia inmediata: la suspensión de la tramitación de nuevos procedimientos en las zonas afectadas. Esta paralización, que busca evitar que nuevos proyectos se solapen con la normativa que el Ayuntamiento está redactando ahora mismo, durará mientras se mantenga la fase de aprobación inicial del plan.

El documento completo con la memoria explicativa y el plano que delimita las áreas donde ya no se pueden pedir licencias está disponible en la sede electrónica del consistorio, en su portal web. Si prefieres revisarlo en persona, puedes acudir a las oficinas de la Plaza de l'Olivera, número 1, en El Pi de Sant Just, de lunes a viernes, entre las 8 y las 15 horas.

El periodo oficial para presentar sugerencias o alegaciones al cambio es de un mes. Este plazo comenzará a contar al día siguiente de la última de las publicaciones que deben realizarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida, en el Diari Segre y en el tablón de anuncios electrónico del propio Ayuntamiento.

Los acuerdos de suspensión no son, por el momento, definitivos. Si no estás de acuerdo con la medida, puedes presentar un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde que el edicto aparezca en el boletín provincial.

Otra opción es el recurso contencioso-administrativo. Tienes un margen de dos meses para acudir directamente a los juzgados de Lleida si prefieres saltarte la vía administrativa interna. No se puede optar por ambas vías a la vez.

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