Ayuntamiento de Roda de Ter·Boletín Bien de Cataluña,

Roda de Ter ya tiene reglamento para sus puntos de recarga eléctrica

Sin alegaciones durante el proceso público, Roda de Ter cierra el marco normativo para el uso de sus cargadores eléctricos municipales. El reglamento ya está plenamente en vigor.

Si te mueves por Roda de Ter con vehículo eléctrico o híbrido enchufable, el marco legal que regula dónde y cómo puedes cargar ya es una realidad definitiva. Tras completar todo el recorrido administrativo sin recibir ni una sola queja o sugerencia ciudadana, el Ayuntamiento ha consolidado el reglamento municipal que ordena este servicio público.

Datos clave

Estado
Aprobación definitiva
Publicación
Reglamento íntegro en BOPB (7/02/2025)
Recurso
Contencioso ante el TSJC (2 meses)

El proceso ha sido largo. Aunque el Pleno municipal dio el primer paso en junio de 2024, el periodo de exposición pública se cerró el pasado 9 de agosto de 2024 sin que ningún vecino o entidad presentara alegaciones. Al no haber reclamaciones, el acuerdo inicial quedó automáticamente ratificado.

El texto íntegro que dicta las normas de uso de estos puntos de carga ya se hizo público en el BOPB el 7 de febrero de 2025. Con este paso final, el documento entra en vigor con plena validez jurídica bajo el mandato de Toni Mas Febrer.

La normativa está cerrada.

Contra esta aprobación, quien considere que el reglamento vulnera algún derecho todavía tiene la vía del recurso contencioso-administrativo. El plazo para presentar esta impugnación ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya es de dos meses, que empiezan a contar a partir de mañana, día siguiente a esta publicación oficial. Pasado este tiempo, el reglamento se consolidará definitivamente en el día a día municipal.

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