Ayuntamiento de Sant Cugat Sesgarrigues·Boletín Bien de Cataluña,

Sant Cugat Sesgarrigues aprueba su nueva ordenanza contra el botellón

El ayuntamiento ha ratificado definitivamente su normativa sobre el consumo de alcohol en la vía pública. Las multas alcanzan los 3.000 euros, aunque existe una bonificación por pronto pago.

Sant Cugat Sesgarrigues tiene desde esta semana una nueva norma para evitar los botellones y el consumo no autorizado de alcohol en sus calles y plazas. El pleno municipal ha dado luz verde definitiva a la ordenanza tras un periodo de exposición pública sin alegaciones, y ahora las sanciones son una realidad administrativa.

Datos clave

Multas
200 € a 3.000 € según gravedad
Pronto pago
50% de bonificación en 15 días
Excepciones
Festa Major, Festa del Most y Carnaval

La normativa establece un régimen sancionador según la gravedad de la conducta. Las multas oscilan entre los 200 euros para las infracciones leves y pueden alcanzar los 3.000 euros en los casos calificados como muy graves. Es importante señalar que pagar dentro de los 15 días posteriores a la notificación reduce el importe de la sanción a la mitad.

El ayuntamiento incluye una cláusula de flexibilidad para las celebraciones tradicionales. La Festa Major, la Festa del Most, la Revetlla de Sant Joan y el Carnaval quedan fuera de la prohibición de manera temporal y en los espacios concretos donde se desarrollen. Para otros actos sin programa oficial, será necesario un informe justificativo previo y una autorización expresa que delimite la zona.

La norma faculta a los agentes de seguridad para intervenir el alcohol y los envases, que serán destruidos tras el decomiso. Si la conducta deriva en deterioro del espacio público, los responsables deberán abonar además los gastos de limpieza o reparación necesarios. Los padres o tutores serán notificados si la infracción implica a menores de edad.

Las conductas obstruccionistas durante las labores de inspección se castigan con la máxima severidad. El texto también detalla criterios de graduación como la reincidencia, valorada si se comete más de una infracción en los últimos dos años, o el hecho de que el consumo ocurra en parques infantiles. Todo bajo el principio de proporcionalidad.

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