Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès·Boletín Bien de Cataluña,

Sant Quirze del Vallès estrena su nueva ordenanza de circulación

Sant Quirze del Vallès moderniza sus normas de tráfico para integrar patinetes, bicicletas y priorizar al peatón. La nueva ordenanza incluye un cuadro de sanciones actualizado.

Sant Quirze del Vallès estrena una renovada ordenanza de circulación que pretende actualizar la convivencia urbana, adaptándose a los nuevos modos de transporte que han surgido desde que la norma original viera la luz en 1999. El texto, que ya es definitivo tras el periodo de exposición pública sin alegaciones, pone el foco en la protección del peatón y en la integración de vehículos como los VMP (patinetes eléctricos) y las bicicletas. La nueva normativa entrará en vigor una vez transcurridos 15 días hábiles desde su publicación, fijando una hoja de ruta clara para la movilidad en el municipio.

Datos clave

Entrada en vigor
15 días hábiles tras publicación
Velocidad máxima
30 km/h en vías urbanas
Multa mínima
60 €
Multa máxima
100 €

El documento establece el concepto de zona 30 como norma general para gran parte de las calles del municipio, limitando la velocidad para pacificar el tráfico. Esta medida, junto con la regulación de carriles bici y zonas de convivencia, busca reducir la siniestralidad. Se incluyen definiciones específicas para VMP, que deben contar ahora con sistemas de autoequilibrado si disponen de asiento, y prohíbe taxativamente su circulación por aceras o zonas peatonales, salvo señalización expresa en contra. Los patinetes y similares no podrán superar los 25 km/h.

La ordenanza también blinda la prioridad del peatón en aceras, andenes y pasos de cebra. Además, se definen estrictas normas para el estacionamiento, prohibiendo amarrar vehículos a árboles o mobiliario urbano si se entorpece su uso. Se regula también la carga y descarga, obligando a mantener los espacios limpios y a realizar las operaciones preferentemente en el interior de los locales.

El régimen sancionador se endurece con una tabla de multas que oscilan generalmente entre los 60 y los 100 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Por ejemplo, estacionar un VMP en una zona reservada a personas con movilidad reducida supone una sanción de 90 euros, mientras que el uso de auriculares o teléfono móvil durante la conducción de estos vehículos conlleva multas de 60 euros.

Si bien la norma general ya es pública, los propietarios de vehículos deben tener presente que la Policía Local podrá retirar aquellos que se encuentren abandonados o estacionados de forma irregular, especialmente en dobles filas o zonas de emergencia. Aquellos ciudadanos que deseen impugnar este acto administrativo disponen de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.

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