Ayuntamiento de Seròs·Boletín Bien de Cataluña,

Seròs multa el derroche de agua con hasta 3.000 euros

Si vives en Seròs, ten cuidado con el riego y el llenado de piscinas: el Ayuntamiento estrena multas de hasta 3.000 euros para frenar el malgasto de agua.

El agua de red tiene nuevas reglas en Seròs. Ante los episodios cíclicos de sequía que afectan a las cuencas internas de Cataluña, el Ayuntamiento ha dado luz verde definitiva a una ordenanza que pone coto al despilfarro. Las nuevas restricciones entran en vigor de forma inmediata tras su publicación oficial.

Datos clave

Multa leve
Hasta 750 €
Multa grave
Hasta 1.500 €
Multa muy grave
Hasta 3.000 €
Ámbito
Periodos de sequía o emergencia

La normativa es clara respecto a qué comportamientos se consideran infracciones en escenarios de excepcionalidad o emergencia. Si tu consumo supera los límites establecidos o si realizas actividades prohibidas, como el llenado de piscinas sin cierre automático, el riego de jardines o el lavado de vehículos fuera de empresas especializadas, te expones a sanciones económicas.

Las multas se gradúan en función de la gravedad. Las infracciones leves pueden alcanzar los 750 euros; las graves, hasta 1.500 euros; y las muy graves, hasta 3.000 euros. La reincidencia en un periodo de un mes es un factor determinante para escalar la sanción.

Además de las multas, el Ayuntamiento tiene potestad para aplicar medidas cautelares. Si el consumo de agua se califica como excesivo durante un mes, podrán instalar un limitador de caudal en tu suministro a tu costa. En casos muy graves, se contempla incluso la suspensión del servicio.

Las entidades suministradoras también asumen nuevas obligaciones. Deben informar a la ciudadanía con claridad sobre las restricciones vigentes y colaborar estrechamente con el personal municipal para vigilar el cumplimiento de las normas. Cualquier maniobra en la red debe notificarse al consistorio en un plazo máximo de dos horas.

El alcalde-presidente es el órgano competente para resolver los expedientes sancionadores. La normativa subraya que, dado el carácter excepcional de estas medidas por falta de agua, los afectados no tendrán derecho a indemnización alguna. Vigila tu grifo.

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