Ayuntamiento de Torres de Segre·Boletín Bien de Cataluña,

Torres de Segre estrena nuevas reglas para su mercado ambulante

El Ayuntamiento fija las nuevas normas para los quince puestos del mercado semanal. Altura mínima de las mesas, gestión de residuos y multas de hasta 300 euros son los ejes de la normativa.

El mercado semanal de Torres de Segre tiene, desde esta misma semana, un nuevo manual de instrucciones. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la ordenanza que regula la venta ambulante, estableciendo normas claras para los quince puestos máximos que se instalan cada viernes en la calle Canal y la calle Àngel Guimerà.

Datos clave

Lugar
Calles Canal y Àngel Guimerà
Horario verano
7:30 a 14:00 (viernes)
Horario invierno
9:00 a 13:00 (viernes)
Capacidad máxima
15 puestos
Sanción máxima
300 € y retirada de licencia

La normativa es exhaustiva y no deja lugar a la improvisación. Se acabó el poner la mercancía directamente sobre el pavimento: si vendes comida, tendrás que usar una mesa de al menos 80 centímetros de altura, y para el resto de artículos, el suelo queda prohibido. La limpieza al finalizar la jornada es una obligación innegociable, y el espacio debe quedar impoluto antes de las 15:30 horas en verano o las 14:30 en invierno.

El texto detalla incluso cómo deben organizarse los comerciantes. Hay hueco para un máximo de cinco puestos de alimentación, ocho de ropa y calzado, y dos de productos de hogar y jardinería. Si el viernes coincide con un día festivo, no habrá mercado.

La ordenanza impone un régimen de sanciones que van desde la multa leve de 100 euros hasta los 300 euros y la retirada de la licencia en caso de infracciones muy graves. La reincidencia en faltas leves durante un año, o el impago de las tasas, pueden convertir una jornada laboral en un problema jurídico importante.

Para operar, los vendedores deberán portar siempre su tarjeta identificativa, un documento municipal que debe estar visible en el puesto. Si no la llevan o no cumplen con la normativa higiénica, se exponen a que el Agente Municipal lo comunique a la Alcaldía.

El documento entra en vigor de forma inmediata tras su publicación. Las autorizaciones antiguas se mantienen, pero se abre la puerta a que los futuros puestos se asignen mediante concurrencia competitiva.

Las reglas ya son públicas.

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