Mireia Parera Dedéu y Víctor Fernández Lacalle, en prácticas en la APDCAT
Mireia Parera Dedéu y Víctor Fernández Lacalle han realizado sus prácticas académicas en el Área de Inspección de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
Dos estudiantes de la Universitat Pompeu Fabra han completado recientemente su formación práctica en la Autoridad Catalana de Protección de Datos. Mireia Parera Dedéu y Víctor Fernández Lacalle han pasado por el Área de Inspección de la entidad para conocer de primera mano cómo se tramitan los procedimientos sancionadores y cómo se clasifica la jurisprudencia en materia de privacidad.
Datos clave
- Estudiantes
- Mireia Parera Dedéu y Víctor Fernández Lacalle
- Entidad
- Autoridad Catalana de Protección de Datos
- Periodo
- 1 al 27 de septiembre de 2026
- Horas totales
- 127,5 horas
La estancia de ambos se extendió del 1 al 27 de septiembre de 2026. Durante este mes, los alumnos cumplieron un horario de lunes a viernes, de 8:00 a 15:30 horas, sumando un total de 127,5 horas de prácticas curriculares integradas en su formación académica.
El convenio, formalizado en verano, establece que estas prácticas se realizan sin ayuda económica directa para los estudiantes. El objetivo principal ha sido la inmersión en un entorno profesional jurídico, donde han recibido supervisión y apoyo técnico tanto desde la Universidad como por parte de los responsables de la propia Autoridad Catalana.
El seguimiento de Mireia Parera Dedéu ha sido encomendado a Xavier Urios Aparisi, mientras que la evolución de Víctor Fernández Lacalle ha estado bajo la orientación de Josefina Valls Vila. Ambos tutores han garantizado que el plan formativo cumpliera con los estándares de rigor exigidos por la institución.
Las tareas desarrolladas por los estudiantes incluyen el apoyo administrativo en los expedientes de sanción y el manejo de doctrina sobre protección de datos. Estas funciones forman parte del practicum de 8 créditos que ambos cursan en la Facultad de Derecho de la Pompeu Fabra.
La relación entre los estudiantes y la Autoridad no ha tenido carácter laboral. Es un vínculo educativo.
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