El Tribunal Superior de Justicia anula parte del concurso de radio
La justicia catalana anula el artículo 5.2 de las bases para seis licencias de radio tras un recurso presentado por Comunicación, Publicidad y Eventos Musicales.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha cerrado un frente judicial que mantenía en vilo parte de las bases de un concurso radiofónico. La sentencia, dictada el pasado 15 de enero y ahora publicada oficialmente, estima parcialmente el recurso presentado por la empresa Comunicación, Publicidad y Eventos Musicales contra el Consejo del Audiovisual de Catalunya.
Datos clave
- Qué se anula
- Artículo 5.2 de las bases del concurso
- Entidad afectada
- Comunicación, Publicidad y Eventos Musicales
- Origen del conflicto
- Acuerdo 100/2020 del Consejo del Audiovisual
El conflicto tiene su origen en el año 2020. Por aquel entonces, el regulador audiovisual aprobó el acuerdo 100/2020 para adjudicar seis licencias de radio en frecuencia modulada de titularidad privada en el territorio catalán.
La justicia ha terminado dando la razón a la empresa recurrente en un punto concreto. El fallo anula de forma definitiva el artículo 5.2 de la oferta técnica de las bases que regían dicho concurso público.
La anulación llega ahora al diario oficial por mandato legal. El artículo 72.2 de la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa exige que las sentencias firmes se publiquen en el mismo medio donde apareció el acto anulado.
No hay condena en costas para ninguna de las partes. El asunto queda resuelto.
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