Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción·Boletín Bien de Cataluña,

Nuevas reglas para las entidades de acogida y adopción en Cataluña

El Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción actualiza los requisitos de gestión para las entidades colaboradoras. El cambio afecta a los servicios de acogida y adopción desde octubre de 2026.

El Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción ha puesto orden en cómo se gestionan los servicios de acogida y adopción en Cataluña. Mediante una reciente resolución, el Departamento de Derechos Sociales e Inclusión ha modificado las reglas que rigen la relación entre la Generalitat y las entidades sociales que prestan este apoyo fundamental. Es un cambio técnico que clarifica el marco de trabajo, pasando del concepto de gestión delegada al de concierto social.

Datos clave

En vigor
8 de octubre de 2026
Responsabilidad
Póliza de al menos 150.253,03 €
Modelo gestión
Concierto social
Ámbito
Acogimiento y adopción en Cataluña

La normativa afecta concretamente a tres anexos de la Orden TSF/218/2020. Estos regulan tanto el acogimiento familiar ajeno, incluyendo fines de semana y vacaciones, como el acogimiento preadoptivo y la preparación para adopciones internacionales. El objetivo es que las instituciones colaboradoras de integración familiar (ICIF) operen bajo un paraguas jurídico que se ajuste mejor a la realidad actual: el concierto social.

Este ajuste normativo surge tras un informe jurídico que subraya la naturaleza pública de estos servicios, competencia del ICAA, pero cuya ejecución recae habitualmente en entidades privadas. Ahora, la Generalitat precisa que el sistema de provisión es el concierto social, lo que implica mayores exigencias de coordinación y transparencia.

Las entidades que deseen prestar estos servicios deberán garantizar, entre otros requisitos, que cuentan con espacios físicos adecuados en el ámbito territorial donde operan y disponer de equipos pluridisciplinares con la formación técnica necesaria. Además, deberán mantener una póliza de responsabilidad civil de al menos 150.253,03 euros.

El cambio no es retroactivo. Afecta exclusivamente a las nuevas convocatorias que se publiquen a partir de este 8 de octubre de 2026. Los procesos ya formalizados siguen su curso actual.

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