Economía y Finanzas·Boletín Bien de Cataluña,

Convenio entre la Generalitat y Bankinter para créditos municipales

Los ayuntamientos que concierten préstamos con Bankinter podrán domiciliar sus ingresos estatales directamente para el pago de cuotas. La Generalitat fija el nuevo marco técnico.

Si eres responsable de la tesorería de un ayuntamiento en Cataluña, es probable que este movimiento entre la Generalitat y Bankinter te interese de cerca. Ambas instituciones han formalizado un convenio que busca agilizar la gestión de los préstamos municipales mediante la domiciliación irrevocable de los ingresos que llegan desde los tributos del Estado.

Datos clave

Vigencia
4 años
Objeto
Créditos con domiciliación de tributos
Entidad
Bankinter S.A.
Ámbito
Ayuntamientos de Cataluña

Es un trámite técnico, pero con impacto directo en el día a día contable. La Generalitat acuerda con Bankinter un marco estable para que los consistorios puedan concertar créditos de más de un año, vinculando el pago de las cuotas directamente a la participación municipal en los impuestos estatales. Es, en esencia, una garantía de cobro para el banco y una fórmula automatizada para el ayuntamiento.

El sistema se basa en un cálculo de amortización de cuota constante. El importe a retener de esos ingresos estatales se ajusta mediante una proporción: el peso que tienen las anualidades de los préstamos de cada entidad frente al conjunto de las operaciones vivas acogidas a este mismo sistema de domiciliación.

La entidad de crédito, en este caso Bankinter, se compromete a respetar las condiciones financieras que marque una Comisión Mixta de Seguimiento. Esta comisión, integrada por representantes del Departamento de Economía y Finanzas y del banco, será la encargada de vigilar que todo marche según lo previsto y de resolver posibles desavenencias durante los próximos cuatro años de vigencia del acuerdo.

El convenio es de aplicación inmediata desde su reciente formalización. Las operaciones que ya estuvieran en marcha bajo anteriores convenios con cajas de ahorros o modelos previos de la Generalitat también se integran automáticamente en este nuevo marco operativo.

Si el ayuntamiento necesita recurrir a este mecanismo, el procedimiento es claro. Primero, se firma el contrato de préstamo con el banco. Luego, se presenta una solicitud formal de transferencia bancaria irrevocable ante la Dirección General de Política Financiera, Seguros y Tesoro. Esa solicitud garantiza que la Tesorería de la Generalitat realice el abono directamente en la cuenta de la entidad financiera.

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