Vall de Cardós y La Guingueta d'Àneu fijan sus límites municipales
Vall de Cardós y La Guingueta d'Àneu oficializan el trazado de su frontera común. Seis mojones definen el límite en el mapa, aunque persiste una discrepancia técnica en el tramo inicial entre ambos términos.
Los mapas municipales de Cataluña acaban de ajustar sus trazos en el Pallars Sobirà. Los plenos de Vall de Cardós y de La Guingueta d'Àneu han ratificado formalmente el nuevo deslinde entre ambos términos municipales, cerrando un proceso de delimitación que arrancó en las comisiones técnicas el pasado mes de mayo.
Datos clave
- Recurso
- 2 meses ante el TSJC
- Municipios
- Vall de Cardós y La Guingueta d'Àneu
- Mojones
- 6 puntos de referencia
- Resolución
- Francisco Belver
El acuerdo es parcial. Los ayuntamientos han consensuado la ubicación exacta de seis mojones estratégicos que marcan la divisoria de aguas, pero han dejado constancia expresa de un desacuerdo en el trazado que conecta el primer y el segundo punto de referencia. La resolución administrativa, firmada por Francisco Belver, director general de Administración Local, valida ahora este mapa modificado.
El mojón número uno, un punto clave compartido también con Lladorre, se localiza al noreste de la cima del Campirme. En el otro extremo, el mojón número seis se encuentra en el Pui del Cap de la Serra Plana, un hito que también sirve de referencia para el término municipal de Llavorsí.
La señalización de estos límites se apoya en elementos naturales y marcas históricas. Encontramos desde piedras irregulares de apenas 20 centímetros de base con cruces latinas grabadas hasta afloramientos rocosos en el Pla d'Arides. Las coordenadas de cada punto, desde el 352358,8 E en el primer mojón hasta el 353002,1 E en el último, quedan ya incorporadas al mapa oficial.
Este proceso forma parte de la actualización continua del Mapa municipal de Cataluña. La resolución agota la vía administrativa, aunque quienes se sientan afectados por la decisión plenaria tienen dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Las rocas no se mueven.
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