Luz verde a la fibra óptica en diez fincas de Tarragona y Lleida
La Generalitat aprueba la expropiación definitiva de terrenos en cinco municipios para su red de fibra óptica. Los dueños de las diez parcelas afectadas ya pueden recurrir tras quedar desierta la fase de alegaciones.
La Generalitat de Catalunya ha dado luz verde definitiva a la expropiación de terrenos necesarios para desplegar la nueva red de fibra óptica en varias torres de telecomunicaciones de las comarcas de Tarragona y la Plana de Lleida. Se trata de un proyecto que busca mejorar los servicios de radio, televisión y telefonía móvil corporativa, conectando las infraestructuras de la Generalitat a la red pública digital.
Datos clave
- Recurso
- 1 mes (reposición) o 2 meses (contencioso)
- Qué hacer
- Interponer recurso ante la Presidencia
- Municipios
- Tàrrega, Cervera, Passanant i Belltall, Blancafort y Els Omells de na Gaia
- Proyecto
- Despliegue de red de fibra óptica
El proceso afecta a fincas rústicas situadas en los términos municipales de Tàrrega, Cervera, Passanant i Belltall, Blancafort y Els Omells de na Gaia. En total, la resolución identifica diez parcelas individuales donde se requiere ocupar terreno temporalmente para la canalización, además de pequeñas porciones para ocupación definitiva en algunos casos específicos.
Las alegaciones quedaron desiertas. Durante el periodo de información pública, que se extendió del 7 al 27 de marzo de 2026, ningún propietario presentó objeciones al expediente. La falta de contestación ha permitido al Departamento de la Presidencia aprobar ahora la relación definitiva de los bienes y derechos afectados sin cambios sobre lo inicialmente previsto.
Los titulares de estas parcelas aparecen detallados en el anexo de la resolución, que especifica la superficie exacta de ocupación. Por ejemplo, en Tàrrega, la parcela 208 del polígono 17 registra una ocupación temporal de 255,375 metros cuadrados, mientras que en Els Omells de na Gaia, la parcela 2 del polígono 3 supera los 912 metros de afección temporal.
Esta medida se ampara en la Ley 15/1993, que declara la utilidad pública de las redes de comunicaciones electrónicas de la Generalitat. El proyecto, identificado con el código SPD-22228.9, se considera indispensable para el mantenimiento y explotación de los servicios corporativos de seguridad y radiodifusión.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Quienes se consideren perjudicados pueden interponer un recurso de reposición ante el consejero de la Presidencia en el plazo de un mes, o bien optar por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en un plazo de dos meses, ambos contados desde la notificación oficial. El despliegue tecnológico tiene vía libre.
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