Agencia Catalana del Agua·Boletín Bien de Cataluña,

Afectaciones en el proyecto de saneamiento de Vila-rodona

La Agencia Catalana del Agua ha fijado la relación de bienes afectados por las obras de depuración en Vila-rodona. Tres parcelas rústicas son las protagonistas.

Los trabajos de saneamiento y depuración que la Agencia Catalana del Agua (ACA) proyecta en Vila-rodona han dado un paso administrativo fundamental. La resolución del pasado 9 de julio, publicada ahora en el diario oficial, concreta la lista definitiva de bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la obra.

Datos clave

Afectados
Ayuntamiento de Vila-rodona y Celler Cooperatiu
Ubicación
Polígono 17 de Vila-rodona
Recurso reposición
1 mes desde la notificación
Recurso contencioso
2 meses desde la notificación

La afectación se concentra en tres fincas rústicas situadas en el polígono 17 del término municipal. Los propietarios afectados son el Ayuntamiento de Vila-rodona y el Celler Cooperatiu i Secció de Crèdit de Vila-rodona, SCCL.

El consistorio verá intervenidas dos de sus parcelas, la 9004 y la 9002. En la primera, la obra conlleva una expropiación de 295 metros cuadrados, una servidumbre de 13 y una ocupación temporal de 21 metros cuadrados. La segunda parcela, la 9002, registra 370 metros cuadrados de expropiación, 28 de servidumbre y 74 de ocupación temporal.

Por su parte, la parcela 67, propiedad del Celler Cooperatiu, es la más afectada en cuanto a servidumbre y ocupación. La resolución marca una expropiación de 279 metros cuadrados, sumada a una servidumbre de 2.194 y una ocupación temporal de 2.325 metros cuadrados.

La documentación técnica detallada y el texto íntegro de la resolución están disponibles en la web de la ACA. Estos documentos explican el alcance de la obra hidráulica y las condiciones para los afectados.

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso potestativo de reposición ante el director de la ACA en el plazo de un mes. Alternativamente, cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante los juzgados en el plazo de dos meses.

Todo sigue su curso legal.

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