Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Masarac rediseña su gestión de residuos en dos nuevas zonas técnicas

La Generalitat autoriza la modificación del plan urbanístico de Masarac para crear dos plantas de tratamiento de residuos. El proyecto busca reducir la quema de restos vegetales y gestionar desechos de la construcción.

Masarac ya tiene vía libre para reorganizar su gestión de residuos en suelo no urbanizable. El Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica ha emitido una declaración ambiental estratégica favorable para modificar el Plan de ordenación urbanística municipal, un trámite que abre la puerta a la creación de dos nuevas zonas de servicios técnicos en el municipio.

Datos clave

Plazo
2 años desde la publicación
Ámbito A
0,26 hectáreas para residuos construcción
Ámbito B
0,1 hectáreas para residuos vegetales
Condición
Evaluación impacto ambiental simplificada

El proyecto se divide en dos ámbitos de actuación diferenciados. El ámbito A, de 0,26 hectáreas en la parcela 172 del polígono 1, acogerá una planta de tratamiento de residuos de la construcción y demolición, aprovechando la proximidad a una actividad extractiva ya existente. Por otro lado, el ámbito B, de 0,1 hectáreas en la parcela 148 del polígono 2, se destinará a la acumulación y trituración de residuos vegetales municipales.

La creación de este segundo punto responde a la necesidad de ofrecer a particulares y explotaciones agrícolas una alternativa progresiva a la quema de restos, una práctica que la Ley 7/2022 ha restringido considerablemente. La ubicación elegida busca una equidistancia entre los núcleos de población de Vilarnadal y Masarac.

Los informes técnicos han analizado con detalle los riesgos ambientales, especialmente la inundabilidad en el ámbito B. Tras un estudio inicial que alertaba de problemas con el cauce cercano, el promotor ha ajustado la superficie a 0,1 hectáreas para limitarla estrictamente a la zona inundable para periodos de 500 años, cumpliendo con las prescripciones del dominio público hidráulico.

La resolución impone una condición importante: el Ayuntamiento deberá justificar cómo esta propuesta encaja con el Programa de prevención y gestión de residuos y recursos de Catalunya (PRECAT20). Aunque el informe ambiental es positivo, el proyecto futuro deberá someterse a una evaluación de impacto ambiental simplificada antes de ponerse en marcha.

El visto bueno tiene una vigencia limitada. La modificación urbanística deberá aprobarse definitivamente en un plazo máximo de dos años desde la publicación de esta resolución, o la declaración perderá su efecto legal.

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