Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Luz verde para modernizar las normas de suelo en seis municipios araneses

La Generalitat valida la reforma urbanística de seis municipios araneses. El informe ambiental facilita actualizar las normas de 1982 con nuevas exigencias para edificar en suelo no urbanizable y proteger el paisaje.

Los seis ayuntamientos araneses que comparten las obsoletas normas urbanísticas de 1982 ya tienen el visto bueno ambiental para su esperada actualización. El informe estratégico emitido por la Generalitat confirma que la modificación no requiere una evaluación ambiental ordinaria, un paso fundamental para modernizar la gestión del suelo no urbanizable en Canejan, Les, Bossòst, Vilamòs, Es Bòrdes y Vielha e Mijaran.

Datos clave

Plazo aprobación
4 años
Municipios
Canejan, Les, Bossòst, Vilamòs, Es Bòrdes y Vielha e Mijaran
Restricción cota
Prohibido construir por encima de 1.500 metros
Protección cauces
100 metros de distancia mínima para edificar

El plan se adapta ahora a las exigencias actuales del Plan director urbanístico de la Val d'Aran. La normativa divide el terreno en cinco categorías de protección, desde los espacios Red Natura 2000 hasta las zonas de protección preventiva, con criterios específicos para las instalaciones agropecuarias y la edificación rústica.

Si proyectas alguna obra, ten en cuenta que se prohíbe construir en fincas medias o grandes por encima de la cota 1.500. Se busca así proteger el paisaje y la funcionalidad de estos suelos valiosos.

La normativa endurece el control sobre las instalaciones solares fotovoltaicas y los captadores térmicos. Se priorizarán estructuras sin cimentación, como las apoyadas o hincadas, y se obliga a respetar una distancia mínima de 15 metros respecto a los cursos de agua estacionales.

Los cauces fluviales permanentes, por su parte, cuentan con un perímetro de protección de 100 metros en el que no se permitirá edificar. Esta medida pretende minimizar los riesgos ante posibles avenidas y proteger la vegetación de ribera.

La nueva regulación también exige soterrar los servicios urbanísticos y limitar los movimientos de tierras. Todo debe ajustarse estrictamente a las necesidades de la actividad, evitando cierres que obstaculicen el paso de la fauna silvestre por el valle.

El cumplimiento de los baremos contra la contaminación acústica y lumínica será obligatorio. La zona, por su alta sensibilidad, obliga a integrar estas condiciones en cada nueva instalación.

La administración tiene ahora un plazo máximo de cuatro años para aprobar definitivamente esta modificación normativa. Si agotan este tiempo, el informe ambiental perderá su validez y el proceso deberá reiniciarse.

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