Justicia y Calidad Democrática·Boletín Bien de Cataluña,

Treinta y tres funcionarios de Justicia estrenan destino en Cataluña

El Departamento de Justicia ha resuelto los destinos definitivos para 33 funcionarios de tramitación procesal en Cataluña. El plazo para tomar posesión ya ha comenzado.

Treinta y tres funcionarios de Justicia acaban de conocer su nuevo destino definitivo en Cataluña. El Departamento de Justicia y Calidad Democrática ha cerrado esta promoción interna, que implica cambios de plaza para el personal de tramitación procesal y administrativa en los juzgados y oficinas de todo el territorio.

Datos clave

Plazo de posesión
20 días hábiles
Funcionarios
33 personas
Recurso reposición
1 mes
Recurso contencioso
2 meses

La lista de traslados es amplia y diversa. Abarca desde los juzgados de Barcelona, donde se concentra la mayor parte de las incorporaciones, hasta las oficinas de Lleida, Girona, Tarragona, Reus, Manresa, Vic, Amposta, Balaguer, Blanes, Igualada, Mollet del Vallès, Terrassa, Vilafranca del Penedès y El Vendrell.

Todos los funcionarios destinados tienen ahora un plazo de veinte días hábiles para tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial o fiscal correspondiente. La cuenta atrás comienza el día siguiente a esta publicación oficial.

Hay casos particulares para quienes ya estaban en activo. Aquellos que deseen continuar en el cuerpo de auxilio judicial pueden hacerlo sin necesidad de desplazarse, notificando su decisión a la Subdirección General de Recursos Humanos. Se mantiene así la continuidad en el servicio mientras se regulariza la situación administrativa.

La resolución también incluye un aviso para quienes ocupan plazas como interinos: cesarán automáticamente en el momento en que el titular tome posesión. Los nuevos funcionarios, por su parte, no podrán participar en nuevos concursos de traslados hasta que hayan transcurrido dos años desde esta fecha.

El documento oficial agota la vía administrativa. Los interesados que deseen presentar un recurso potestativo de reposición tienen un mes, mientras que el recurso contencioso-administrativo dispone de un plazo de dos meses, ambos a contar desde el día siguiente a esta publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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