Nuevo plazo para solicitar la ayuda por doctorados industriales
Ver las 80 ayudas abiertas en Cataluña →La AGAUR limita el tiempo para pedir el complemento por mención internacional en los doctorados industriales. Si tu entidad tiene a alguien contratado, apunta los 6 meses de margen máximo.
Si tu empresa o entidad ha apostado por el talento investigador a través de los doctorados industriales, hay una pequeña pero importante novedad en las reglas del juego. La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) acaba de actualizar los requisitos para solicitar la ayuda complementaria, centrada en aquellos casos donde el doctorando obtiene la mención internacional en su título.
Datos clave
- Plazo solicitud
- 6 meses tras finalizar la ayuda
- Beneficiario
- Entidades con ayuda DI y mención internacional
- Cómo solicitar
- Formulario electrónico en la web de AGAUR
La norma cambia de forma sencilla. A partir de ahora, existe un límite temporal estricto para presentar la solicitud de este complemento: tienes un máximo de seis meses desde que finaliza el periodo de ejecución de la ayuda principal para tramitarla. Antes, este plazo no estaba acotado de forma tan precisa, lo que busca ahora es mayor eficiencia en la gestión administrativa.
El trámite debe realizarse obligatoriamente por medios electrónicos. Es el representante legal de la entidad beneficiaria quien debe acceder al formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la AGAUR, siguiendo los pasos indicados en la propia plataforma. Si no se hace en ese margen de medio año, el derecho a esta ayuda complementaria se pierde.
Esta modificación, recogida en la resolución publicada recientemente en el DOGC, afecta directamente a la base 8.4 de la convocatoria. Si tenías dudas sobre cuándo reclamar ese dinero extra por la mención internacional, ya tienes la cifra marcada en el calendario.
El plazo es inapelable. Las solicitudes que lleguen tarde quedarán fuera.
Contra esta resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de Barcelona en un plazo de dos meses.
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