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Nuevo plan contable para fundaciones y asociaciones en Cataluña

Las fundaciones y asociaciones catalanas adaptarán sus cuentas a estándares europeos desde 2027. La norma simplifica trámites para entidades pequeñas y endurece la transparencia en sus órganos de gobierno.

El Plan de contabilidad de fundaciones y asociaciones de la Generalitat se pone al día. A partir del 1 de enero de 2027, las entidades sin ánimo de lucro en Cataluña deberán aplicar una serie de cambios contables destinados a armonizar sus cuentas con los estándares internacionales NIIF-UE 9, 13 y 15.

Datos clave

En vigor
1 de enero de 2027
Qué cambia
Adaptación a estándares europeos NIIF-UE
Transparencia
Desglose de sueldos y conflictos de interés
Simplificación
Supresión del estado de cambios en patrimonio

El decreto, publicado este 30 de julio de 2026 en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, no es una simple actualización burocrática. El texto modifica umbrales, criterios de valoración financiera y simplifica obligaciones para las entidades más pequeñas, ajustando el marco catalán a la realidad contable europea y estatal. Los cambios más significativos se centran en la nueva clasificación de los activos y pasivos financieros, el tratamiento de las fusiones entre entidades no lucrativas y una mayor exigencia de transparencia en la memoria.

Uno de los cambios que más notarán las entidades de dimensión media y reducida es la supresión de la obligatoriedad de presentar el estado de cambios en el patrimonio neto. La medida busca evitar cargas administrativas accesorias. En paralelo, se han actualizado los umbrales que definen la dimensión de las entidades, permitiendo que un mayor número de fundaciones y asociaciones puedan optar por el modelo de cuentas anuales abreviado.

La norma también introduce una mayor transparencia en los sueldos y conflictos de interés de los órganos de gobierno. La información sobre remuneraciones deberá desglosarse para distinguir claramente entre el personal de alta dirección y los miembros del órgano de gobierno. Además, se añade la obligación de reportar situaciones de conflicto de interés bajo los términos del Código civil de Cataluña.

El decreto entra en vigor veinte días después de su publicación, pero el grueso de la adaptación contable es obligatoria para los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2027. Las entidades deberán incluir información comparativa en sus primeras cuentas bajo este nuevo marco, debiendo reformularla solo si los criterios aprobados se pueden aplicar sin generar sesgos por su aplicación retroactiva.

La normativa es un traje a medida para entidades que, cada vez más, operan internacionalmente. La armonización contable facilita que los fondos públicos y donaciones se entiendan correctamente, mejorando la imagen fiel del patrimonio y la supervisión del protectorado y los órganos de control.

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