Sant Andreu de Llavaneres: ajustan las normas de urbanismo
Ver las 82 ayudas abiertas en Cataluña →Una modificación urbanística en Sant Andreu de Llavaneres ya es definitiva. El acuerdo afecta a las alturas de las vallas, los usos de vivienda y la edificabilidad.
Si tienes una propiedad en Sant Andreu de Llavaneres o estás pensando en realizar alguna reforma en ella, esta noticia te interesa. La Comisión Territorial de Urbanismo del Arco Metropolitano de Barcelona ha dado luz verde definitiva a la modificación puntual número 13 del Plan de ordenación urbanística municipal, un trámite que busca corregir errores materiales en la normativa vigente.
Datos clave
- Recurso
- 2 meses ante el TSJC
- Consulta presencial
- Lunes a viernes, 09:00-14:00
- Qué cambia
- Vallas, plurivivienda e industria
El cambio afecta principalmente a las reglas de juego en la edificación y el uso del suelo. Por un lado, se ajustan los criterios para las vallas de separación entre propiedades, tanto con espacios públicos como entre fincas privadas. Si la rasante tiene pendiente, la altura máxima se marca en 2 metros, con una parte maciza restringida a 0,80 metros y el resto calado o con materiales vegetales.
En cuanto a las viviendas plurivivienda, el texto ratifica que en las subzonas 3b1, 3b2, 3b4 y 3b5 solo está permitido el uso residencial. Para la subzona 3b3, el uso comercial queda restringido exclusivamente a la planta baja. Las condiciones para la industria agrupada y los parámetros de edificabilidad en las zonas terciarias y dotaciones privadas de la clave 8 también han sido revisados bajo esta corrección.
La normativa incluye una lista exhaustiva de instrumentos de planeamiento derivado que mantienen su vigencia, desde el Plan parcial del sector 08 hasta las protecciones especiales de fincas históricas como Can Rivière o Can Matas. Es un documento técnico, pero esencial para saber qué se puede levantar, vallar o transformar en cada parcela.
El expediente completo está disponible para consulta pública en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña, accesible de forma telemática. Si prefieres revisarlo en persona, puedes acudir a los servicios territoriales de Urbanismo de lunes a viernes, entre las 09:00 y las 14:00 horas.
Si consideras que este acuerdo administrativo te perjudica directamente, tienes un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Este plazo empieza a contar desde el día siguiente a la publicación oficial en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
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