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Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural·Boletín Bien de Cataluña,

Cultura para municipios de menos de 1.000 habitantes: 3,3 millones

Plazo de solicitudAbierto hasta el 29 de septiembre de 2026Quedan 79 días
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Los municipios de menos de 1.000 habitantes tienen hasta finales de septiembre para pedir las ayudas para su programación cultural profesional hasta 2028.

Los pequeños municipios catalanes tienen ante sí una oportunidad para blindar su agenda cultural de los próximos tres años. La Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas destinada específicamente a localidades de hasta 1.000 habitantes, diseñada para financiar la programación de actividades de carácter profesional durante el trienio 2026-2028.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 29 de septiembre de 2026
Dotación máxima
3.300.000,00 €
Destinatarios
Municipios de hasta 1.000 habitantes
Cómo solicitar
Vía telemática en EACAT

El fondo total asciende a 3.300.000,00 €. Esta cuantía se reparte en anualidades de 990.000,00 € para 2026, 2027 y 2028, dejando los restantes 330.000,00 € para el ejercicio de 2029. La cifra no es cerrada y podría aumentar si la disponibilidad presupuestaria y el volumen de solicitudes lo permiten.

La tramitación es exclusivamente telemática a través de la extranet de las administraciones catalanas, EACAT. Para formalizar la petición, la persona representante del ente público debe contar con el certificado T-CAT, un lector de tarjetas criptográficas y el software necesario para la firma digital.

El plazo de presentación arranca el 8 de julio de 2026. Tienes hasta las 14:00 horas del 29 de septiembre de 2026 para registrar la solicitud. Es el último momento.

Las bases generales y específicas que rigen esta convocatoria fueron publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya en marzo, abril y junio de 2026, integrando todos los criterios de evaluación. El proceso se resolverá por concurrencia no competitiva.

El Consejo de Administración de la Oficina dictará una resolución en un periodo máximo de cuatro meses desde la publicación de la convocatoria. Pasado este tiempo, el silencio administrativo tendrá efectos desestimatorios.

Recuerda que contra este acuerdo cabe recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación.

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