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Ayuntamiento de Alcubillas·Boletín Bien de la Provincia de Ciudad Real,

Alcubillas fija las nuevas tarifas de la tasa de basuras para 2026

El Ayuntamiento de Alcubillas pone en marcha su nueva ordenanza de residuos con tarifas ajustadas al número de residentes. Te explicamos los costes y qué ocurre si superas el volumen diario permitido.

Alcubillas estrena ordenanza para la tasa de basuras y el cambio llega con un cuadro de tarifas muy concreto para el próximo año natural. La nueva norma, aprobada definitivamente tras no recibir reclamaciones durante el periodo de exposición al público, sustituye a la que estuvo vigente desde finales de 2011.

Datos clave

Cuota vivienda
46,75 € (hasta 9 residentes) o 63,75 € (10 o más)
Cuota actividad
63,75 € al año
Exceso residuos
0,20 € por cada litro extra sobre 160 litros diarios
Recurso
2 meses ante el Tribunal Superior de Justicia

La tasa se devenga anualmente el 1 de enero y se basa en la unidad de prestación del servicio. El coste anual para una vivienda con hasta nueve residentes asciende a 46,75 euros. Si el domicilio alberga a diez o más personas, la cuota sube a 63,75 euros.

Los locales comerciales y las actividades económicas también pagan 63,75 euros al año. Para parcelas o inmuebles sin uso de vivienda ni actividad económica, la tarifa se fija en los 46,75 euros aplicables al primer grupo.

Hay letra pequeña para el exceso de residuos. El Ayuntamiento marca un límite de 160 litros diarios por usuario. Si una inspección detecta que superas ese volumen, la tasa se incrementará en 0,20 euros por cada litro extra.

Los inmuebles que sean solares, estén vallados y carezcan de acometida de agua quedan fuera de la tasa.

El padrón se formará de oficio, pero es obligatorio que los contribuyentes formalicen su alta. Si cambias de titular, el nuevo recibo no surtirá efecto hasta el inicio del siguiente ejercicio fiscal.

La recaudación se gestionará mediante recibos anuales en periodo voluntario. El impago derivará en el cobro por vía de apremio, tal como marca la normativa tributaria general.

Las reclamaciones contra esta ordenanza pueden presentarse ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en un plazo de dos meses.

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