Priego de Córdoba estrena su reglamento contra el riesgo infantil
El Ayuntamiento de Priego de Córdoba formaliza el procedimiento de intervención familiar para proteger a menores en situaciones de riesgo. ¿Qué plazos y pasos marca la nueva normativa local?
Priego de Córdoba ya cuenta con su propio reglamento para intervenir en situaciones de riesgo infantil. El Pleno del Ayuntamiento ha elevado a definitivo este marco normativo, que detalla paso a paso cómo deben actuar los servicios sociales cuando un menor se encuentra en un entorno familiar que, sin llegar a la situación de desamparo, requiere de una intervención pública para evitar que su bienestar se deteriore.
Datos clave
- Duración programa
- 12 meses (prorrogables 6 meses más)
- Plazo alegaciones
- 10 días desde inicio procedimiento
- Recurso
- 2 meses ante juzgados de Priego
- Órgano competente
- Servicios Sociales Municipales
El documento establece un sistema claro de detección y seguimiento. Ante cualquier indicio de riesgo, como la falta de atención física o psíquica, la negligencia en el cuidado o pautas de corrección violentas, el Ayuntamiento pondrá en marcha un proyecto de intervención familiar. Este plan tendrá una duración inicial de doce meses, prorrogables por otros seis si resulta necesario para alcanzar los objetivos de protección del menor.
El procedimiento queda en manos de un órgano colegiado específico. Este grupo será presidido por el alcalde, Juan Ramón Valdivia Rosa, o el concejal de Servicios Sociales, y contará con la presencia de la directora de Servicios Sociales, técnicos especializados del Equipo de Tratamiento Familiar y un secretario. Su función no es otra que iniciar, proponer y supervisar la evolución de cada expediente.
La norma no olvida las situaciones de riesgo prenatal. Si el personal sanitario detecta falta de cuidado físico de la mujer gestante o el consumo abusivo de sustancias con potencial adictivo que puedan afectar al futuro recién nacido, el protocolo de prevención se activará de inmediato para garantizar la seguridad del bebé desde su nacimiento.
La transparencia del proceso está garantizada mediante audiencias previas. Los progenitores, tutores o guardadores tendrán un plazo de 10 días para presentar las alegaciones y documentos que consideren oportunos una vez iniciado el expediente. El menor, por su parte, será escuchado si tiene juicio suficiente o ha cumplido los 12 años de edad.
La resolución final, que podrá declarar la situación de riesgo, archivar el caso, cesar la intervención o decretar la caducidad del procedimiento, será notificada a los interesados, a la Junta de Andalucía y al Ministerio Fiscal. Si no estás conforme con la resolución dictada, recuerda que puedes interponer un recurso ante los juzgados de primera instancia del municipio en un plazo de dos meses.
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