Ayudas a la natalidad en Villanueva del Rey: cómo pedir los 1.200 €
Ver las 22 ayudas abiertas en la Provincia de Córdoba →Las familias de Villanueva del Rey que hayan tenido un hijo desde noviembre pueden solicitar el cheque bebé. Tienes hasta finales de noviembre para presentar la documentación.
Si has sumado un nuevo miembro a tu familia desde noviembre del año pasado, el Ayuntamiento de Villanueva del Rey tiene un respiro económico preparado para tu hogar. La convocatoria de ayudas a la natalidad de 2026 ya está en marcha, y aunque el cheque bebé es un alivio conocido, conviene repasar los requisitos para que la solicitud no se quede en un cajón.
Datos clave
Cierra en 60 días- Plazo
- Hasta el 30 de noviembre de 2026
- Cuantía
- 1.200,00 €
- Beneficiario
- Familias con hijos nacidos entre 1/11/2025 y 31/10/2026
- Cómo solicitar
- Registro General del Ayuntamiento
La cuantía asciende a 1.200,00 euros por nacimiento o adopción. Es un pago único, pero no es automático: el trámite requiere presentar tu solicitud en el Registro General del Ayuntamiento antes del 30 de noviembre de 2026.
Para ser beneficiario, tanto tú como el resto de los miembros de tu unidad familiar debéis estar empadronados en el municipio con una antigüedad mínima de seis meses anterior a la fecha del nacimiento o adopción. Además, el menor debe haber nacido o sido adoptado entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
El expediente exige un detalle burocrático importante: debes presentar el certificado de renta de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar que obtuvieran ingresos. Para ello, el formulario te pide sumar las cantidades de las casillas 440 y 445 de tu declaración de la Renta.
Si no estás obligado a presentar la declaración, el Ayuntamiento te ofrece alternativas. Puedes acreditar tu situación económica mediante tu última nómina, un documento de los servicios sociales municipales, o simplemente indicando en el formulario que eres beneficiario de la Renta Mínima de Inserción (RMI).
No olvides incluir el certificado de empadronamiento histórico y la documentación que acredite la titularidad de tu cuenta bancaria. Los progenitores menores de edad no emancipados tienen su propia vía: el tutor será el beneficiario, aunque la titularidad del Libro de Familia se mantenga en el menor.
Antes de recibir el pago, tendrás que demostrar que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. Un último paso administrativo es necesario.
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